Los cambios presentados en esta resolución en
relación a la declaración anual de personas físicas y que
son vigentes a partir del 10 de marzo, son las siguientes:
¿SALDO A FAVOR EN PERSONAS FISICAS?
- Para la devolución automática del ISR de las personas físicas, se incrementa de $10,000 a $50,000 el monto del saldo a favor a partir del cual la declaración debe ser presentada utilizando la firma electrónica conocida como e. Firma.
- Si el importe es igual o menor a $10,000 pesos, se podrá presentar utilizando la contraseña.
- Si el importe es mayor a $10,000 y menor a $50,000, podrá utilizar la contraseña, siempre que se seleccione una cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos (CLABE).
¿PERSONAS QUE NO PODRÁN PRESENTAR
DECLARACIÓN ANUAL?
- Hayan obtenido ingresos exclusivamente por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado de un sólo empleador.
- En su caso, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000, en el año que provengan de instituciones que componen el sistema financiero.
- El empleador haya emitido el CFDI por concepto de nómina respecto de la totalidad de los ingresos a que se refiere la fracción I de esta regla.
¿LO ANTERIOR MENCIONADO NO APLICA A LOS
SIGUIENTES CONTRIBUYENTES?
- Quienes hayan percibido ingresos del Capítulo I, Título IV, de la Ley del ISR, en el ejercicio de que se trate por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral, de conformidad con lo establecido en el artículo 93, fracciones IV y XIII de la Ley del ISR.
- Los que estén obligados a informar, en la declaración del ejercicio, sobre préstamos, donativos y premios, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90, segundo párrafo, de la Ley del ISR.
¿QUIENES TIENEN LA OPCIÓN DE PRESENTAR LA
DECLARACIÓN ANUAL VÍA TELEFÓNICA?
- Las personas físicas, durante marzo y abril de 2017, para quienes:
- Obtengan únicamente ingresos por salarios de un solo patrón
- Tengan un máximo de 25 CFDI de deducciones personales
- Acrediten su identidad ante el SAT respondiendo unas preguntas de control
- Exista información precargada en su declaración de ingresos y deducciones personales
- Se tenga precargada una CLABE a nombre del contribuyente
- El saldo a favor que resulta sea igual o menor a $10,000 pesos
REFERENCIA
0 comentarios:
Publicar un comentario