viernes, 9 de septiembre de 2016

ATENCIÓN MEDICA FORANEA DEL IMSS

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Derivado de la operación de las empresas, hay patrones que se ven en la necesidad de enviar por tiempos indefinidos a sus trabajadores a realizar trabajos en distintas entidades del país, fuera del domicilio del centro de trabajo y del de aquellos.
Esta situación genera cierta incertidumbre entre el personal, pues cuestionan qué va a pasar si llegan a enfermarse, al presuponer que la Unidad Médica Familiar (UMF) del estado en el que estén les negará el servicio por no estar registrados en la misma.
El Art. 107 del RPM (Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS) establece, que cuando los asegurados por motivo de su trabajo tengan que desplazarse a distintas entidades federativas, recibirán atención médica fuera de su unidad de adscripción. Para ello deberán identificarse a satisfacción del Instituto y presentar una constancia de la vigencia de sus derechos expedida por los órganos institucionales competentes.
Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior los patrones realizaban este trámite en benéfico de sus trabajadores por medio de la plataforma IMSS Desde su Empresa (IDSE) en el  módulo: Autorizaciones Permanentes.
Esta situación cambió a partir del 4 de diciembre de 2015, derivado del plan de simplificación administrativa, por lo que el IMSS dio de baja dicho trámite en la plataforma del IDSE.
A continuación se dan a conocer los pormenores del trámite a seguir por parte de los trabajadores para que asistan a las consultas médicas si así lo requieren.
NUEVO PROCEDIMIENTO PARA TRÁMITE
Derivado de la digitalización de los servicios del IMSS, es importante mencionar que es un trámite que lo debe realizar directamente el trabajador por medio de la solicitud de Cambio de Clínica a través del Escritorio Virtual, o bien, hacerlo presencialmente en la clínica que corresponda a la localidad donde presta sus servicios temporalmente.
Lo anterior está acorde con el Art. 107 del RPM, pues el sistema de las plataformas señaladas está unificado y automáticamente se conoce si están o no vigentes los derechos de los asegurados.
Es importante señalar que la modificación de UMF vía Internet se puede hacer cada seis meses, pues el mismo sistema impide realizar esta gestión más de dos veces en el intervalo señalado, por lo que se sugiere utilizar este método solo cuando se comisiona al trabajador por más de medio año en una entidad diversa a la de su residencia.
TRAMITE A TRAVES DEL ESCRITORIO VIRTUAL

1.       Entrar a la página del IMSS y pulsar la opción Derechohabientes, pensionados y público en general.
2.       Dar clic en el ícono ESCRITORIO VIRTUAL.
3.       Seleccionar CAMBIO DE CLÍNICA o UMF.
4.       Capturar la Clave Única de Registro Poblacional (CURP) y el correo electrónico del interesado, asimismo escribir las letras de la imagen que muestra el sistema y presiona el botón CONTINUAR.
5.       Digitar el código postal del domicilio temporal y presionar ACEPTAR.
6.       Escoger la colonia respectiva, además de indicar la calle y el número exterior del domicilio, además seleccionar la clínica o UMF a la que se desee asistir y el turno de preferencia, el sistema indica el consultorio que se le asigna, presionar la opción CONTINUAR.
7.       Se va a desplegar un mensaje con los datos capturados, de ser correctos, presionar ACEPTAR.
8.       El sistema informa que se ha concluido el trámite, puede descargar e imprimir el comprobante generado, la cartilla nacional de salud y la tarjeta de adscripción a su UMF.
9.       Presentarse al área de control de prestaciones de la UMF seleccionada con la impresión de la carátula de la cartilla y una fotografía infantil a color (reciente) para la entrega del “carnet de citas” y actividades médico preventivas.

TRAMITE DE MANERA PRESENCIAL
El asegurado debe acudir al área de control de prestaciones de la UMF que desea recibir los servicios, presentando en original y copia:
  1. Identificación oficial (credencial para votar, pasaporte vigente, Cartilla del Servicio Militar)
  2. Documento en que conste el Número de Seguridad Social.
  3. CURP.
  4. Fotografía infantil (reciente).
  5. Comprobante de domicilio.
6.       Como es probable que no se cuente con el comprobante de domicilio, algunas UMF recomiendan llevar una carta patronal informando de esta situación.
 FUENTE:
-Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social.

-www.idconline.com.mx

3 comentarios:

  1. Yo di de alta ami mama en el seguro pero ami mama le hacen hemodialisis y ella ya se quiere regresar a veracruz yo qui siera saber si ella puede continuar con su tratamiemto en veracruz con mi seguro espero que me puedan dar informacion

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  2. Como nos pueden atender en el imss si no estamos en otro estado de la republica para consultar y la pa no me deja hacerlo desde el portal

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  3. De igual manera en el portal por decir como se la haria para que a mis padres los atiendan en las clinicas donde ellos viven mientras que uno trabaja en otro estado de la republica

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