Durante febrero de cada año se envía al IMSS la determinación de la
prima de riesgo de trabajo del ejercicio pasado, a través del aplicativo IDSE,
accediendo con el certificado del registro patronal correspondiente.
También pueden presentar la determinación de forma impresa, presentando
la tarjeta de identificación patronal, junto con los formatos CLEM 22 y CLEM 22
A, en la subdelegación que le corresponda.
Esta
obligación es para los registros patronales que tengan más de un año cotizando
en el IMSS.
Si el registro patronal se creó por
ejemplo en 2017, en 2018 no se está obligado a enviar la determinación al IMSS.
Tampoco están obligados los patrones que determinen una prima igual a la que
tuvieron en 2017, los que se encuentren en la prima mínima de 0.50000 o si se
mantuvieron en la prima máxima de 15.00000.
Prima Mínima
Los registros patronales, pueden llegar a tener la prima mínima para la
determinación de riesgo de trabajo. Si el registro patronal no tuvo riesgos de trabajo
en el ejercicio anterior, la prima decrece, hasta llegar a la prima mínima de
0.0050.
Si en 2017 se cotizo con la prima mínima y durante ese ejercicio no se
reportó algún siniestro que modificara la prima de riesgo del registro
patronal, la prima que resultara es la mínima (0.0050). Por lo tanto, no se
tendrá la obligación de enviar la determinación al IMSS.
Prima Media
Cuando se dan de alta los registros patronales, se asigna una prima media
de acuerdo con las actividades de los trabajadores. Esta prima media puede
disminuir, si en el ejercicio pasado no se registraron siniestros y se envió la
determinación al IMSS.
Registros patronales con menos de 10
trabajadores
En el artículo 72, último párrafo de la ley del IMSS, da la opción a los
patrones que tengan menos de 10 trabajadores, el no enviar la determinación de
la prima de riesgo de trabajo, pero le da la opción entre cotizar en la prima
media de la clase que le corresponda o presentar su determinación.
Incidencias para
considerar en la determinación
Solo se considerarán las incidencias que impliquen riesgo de trabajo
terminado. Esto significa que, si un trabajador tuvo un incidente en 2017, pero
este abarca también 2018, se considerara para el cómputo de la prima de riesgo
de trabajo del próximo ejercicio (2019).
Riesgo de trabajo
terminado
Dentro de la aplicación del IDSE, se encuentra la sección de Riesgo de
Trabajo Terminado. En esta sección el patrón podrá conocer (si existiera) las
incidencias que tuvo en el ejercicio, que implican riesgo de trabajo (no
aplican las de trayecto) y que se considerarán para el cálculo.
En dado caso de no tener incidencias en el ejercicio, al solicitar la
información desde el IDSE aparecerá el siguiente mensaje:
RIESGO DE TRABAJO TERMINADOS
En atención
a su consulta, con motivo de la revisión anual de la siniestralidad 2018, se le
informa que no se localizaron riesgos de trabajo terminados, asociados a este
registro patronal, por el periodo que va del 01 de enero al 31 de diciembre del
2017.
En caso de que el patrón cuente en sus registros con riesgos de trabajo
terminados, deberá comunicarlos en su determinación anual de la prima del
Seguro de Riesgos de Trabajo, con motivo de la revisión de su siniestralidad,
de conformidad con lo establecido en los artículos 72 y 74 de la Ley del Seguro
Social y 32, fracciones I y V, y 34 del Reglamento de la Ley del Seguro Social
en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y
Fiscalización.
Calculo de la Prima de Riesgo de Trabajo
En el artículo 72
de la Ley del IMSS, se explica el procedimiento para realizar el cálculo de la
prima e riesgo de trabajo:
Prima = [(S/365)+V
* (I + D)] * (F/N) + M
Donde:
V = 28 años, que es
la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de
un accidente mortal o de incapacidad permanente total.
F = 2.3, que es el
factor de prima.
N = Número de
trabajadores promedio expuestos al riesgo.
S = Total de los
días subsidiados a causa de incapacidad temporal.
I = Suma de los
porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos
entre 100.
D = Número de
defunciones.
M = 0.005, que es
la prima mínima de riesgo.
Vigencia de la nueva prima de riesgo
de trabajo
Aunque la
presentación de la nueva prima de riesgo de trabajo se de en febrero, su
vigencia empezara a considerarse a partir del 1ro de marzo, hasta el último día
de febrero del próximo ejercicio (marzo 2018 a febrero 2019).
CONCLUSIÓN
Nos encontramos con una obligación con el IMSS, por lo que en primero
orden debemos llevar a cabo un cumplimiento, de lo contrario como se explicó se
puede ser acreedor a una sanción económica. Además, no se puede pasar por alto
que estar en supuesto de no presentación de la declaración lo conveniente es no
hacerlo, en los casos de estar en posibilidad legal y material de realizarla,
siempre es recomendable hacer el cálculo y evaluar la conveniencia y
procedencia de hacerlo en beneficio de la reducción de los costos de las
empresas. Como mención final, en los últimos años se ha presentado algunos
problemas con la plataforma del Instituto, por lo que es recomendable su más
pronta elaboración y presentación, para evitar riesgos.
BIBLIOGRAFÍA
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