1.- ¿Qué es el Dictamen para efectos del Seguro Social?
Es el documento elaborado por
un Contador Público Autorizado por el IMSS que, como consecuencia de la
revisión realizada por dicho profesional, emite una opinión sobre el
cumplimiento de las obligaciones de un patrón o sujeto obligado, derivadas de
la Ley del Seguro Social y sus reglamentos.
2.- ¿Cómo puedo
acceder al SIDEIMSS?
-Ingresando a la página
electrónica del IMSS www.imss.gob.mx, deberá elegir la opción “Patrones o
empresas”, posteriormente, deberá ingresar a la opción de “Corrección y
Dictamen”, elegir la opción “Servicios en Línea” en donde encontrará la opción
“Catálogo de Contados Públicos” y “Sistema de Dictamen Electrónico”.
-En el apartado de “AVISOS”,
que se encuentra en la página electrónica de inicio del IMSS www.imss.gob.mx,
en donde encontrará la opción “Catálogo de Contados Públicos” y “Sistema de
Dictamen Electrónico”.
-En la página electrónica del
IMSS www.imss.gob.mx, en el apartado “PALABRAS MÁS BUSCADAS”, deberá
seleccionar la palabra “SIDEIMSS”, en donde encontrará la opción “Catálogo de
Contados Públicos” y “Sistema de Dictamen Electrónico”.
3.- ¿Cómo sé si estoy obligado a presentar dictamen en materia de
seguridad social?
Si es un patrón o sujeto
obligado y contó con un promedio de 300 o más trabajadores en el ejercicio
inmediato anterior, está obligado a dictaminarse.
4.- ¿Los patrones que no estén obligados a dictaminarse debido a su
número de trabajadores podrán tener acceso al SIDEIMSS?
Si, los patrones con un
promedio de trabajadores inferior a 300, también pueden presentar dictamen a
través de SIDEIMSS, de manera voluntaria.
5.- ¿Quién puede dictaminar ante el IMSS?
La persona física de
nacionalidad mexicana, que, habiendo obtenido el título de contador público o
grado académico equivalente en el área de contaduría pública, expedido por
autoridad competente, se inscriba y mantenga vigente dicha inscripción.
6.- ¿A partir de cuándo es obligatorio el uso del SIDEIMSS?
El uso del sistema será
optativo para los patrones y sujetos obligados a partir del 15 de julio y hasta
el 31 de diciembre de 2017. A partir del 1° de enero de 2018, el dictamen en materia
de seguridad social se deberá rendir a través del SIDEIMSS.
7.- ¿A partir de cuándo es obligatorio el uso del SIDEIMSS?
El uso del sistema será
optativo para los patrones y sujetos obligados a partir del 15 de julio y hasta
el 31 de diciembre de 2017. A partir del 1 de enero de 2018, el dictamen en
materia de seguridad social se deberá formular y presentar a través del
SIDEIMSS.
Fuente:
www.imss.gob.mx
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