viernes, 28 de octubre de 2016

NUEVO COMPLEMENTO PARA CFDI NOMINA 2017


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El pasado 30 de septiembre de 2016 el SAT dio a conocer en su portal de manera anticipada el complemento del CFDI recibo de pago de nómina, en su versión 1.2, cuyo uso obligatorio se pretende que sea a partir del 1o. de enero de 2017.
Así mismo menciona que el objeto de esta publicación anticipada es que los contribuyentes y las empresas desarrolladoras de software conozcan con anticipación esta especificación, y estén en condiciones de ponderar,  planear e iniciar oportunamente  las acciones necesarias para su puesta en operación al inicio de su vigencia, incluyendo el desarrollo o modificaciones pertinentes a sus sistemas informáticos y procesos internos.
 En el mismo portal del SAT podrás encontrar la estructura, el catálogo y la guía de llenado del complemento de nómina.
La misma autoridad específica que este aviso se acompañará de un resolutivo dentro de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución ​Miscelánea Fiscal, donde se confirme el inicio de vigencia a partir del 1 de enero de 2017, cabe mencionar que la quinta resolución está pendiente de publicar en el DOF.
Entre los cambios más relevantes, se citan los siguientes:
  • Se incorpora  la CURP del emisor del comprobante de nómina cuando es una persona física.
  • El registro patronal es opcional, excepto cuando se cuente con él, o se esté obligado a tenerlo conforme a otras disposiciones legales.
  • Se establece un nuevo campo para los contribuyentes que prestan el servicio de outsourcing en donde deberá manifestarse:
    • La lista de las personas que los subcontrataron.
    • El RFC de la persona que subcontrata.
    • El porcentaje del tiempo que prestó sus servicios con el RFC que lo subcontrata.
  • El número de seguridad social es opcional, salvo que se cuente con él, o se esté obligado a tenerlo conforme a otras disposiciones legales.
  • La clave de riesgo de trabajo es opcional, excepto cuando se cuente con él, o se esté obligado a tenerla conforme a otras disposiciones aplicables
  • La clave de la entidad federativa, en donde el receptor del recibo prestó el servicio, conforme al catálogo de estados publicado en el Portal del SAT.
  • En el concepto de las percepciones se incluye el concepto “adquisición de acciones” cuando el patrón otorgue dicha prestación, en cuyo caso se manifestará:
    • Los ingresos por adquisición de acciones.
    • El valor de mercado de las acciones.
    • El precio establecido al trabajador.

Adicionalmente deberán señalarse en el complemento de nóminas los pagos que se realicen por separación, jubilación, pensión, retiro o indemnización.

Otra de las modificaciones es que las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal deberán efectuar la identificación del origen de los recursos utilizados en el pago de nómina del personal que presta o desempeña un servicio personal subordinado en ellas, del municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México, así como en sus respectivos organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales.


Fuente:


www.idconline.com.mx

1 comentario:

  1. Me parece que es un gran paso el que dieron ya que con los software actualizados es mas fácil realizar los trabajos de servicio de nomina, que por lo general las empresas tercerizan.

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