¿Qué es?
Es una obligación
fiscal prevista en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que consiste en
proporcionar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria (SAT),
información sobre las operaciones con sus proveedores.
¿Quiénes son los obligados a presentar la Declaración Informativa de
Operaciones con Terceros (DIOT)?
Las personas físicas y morales
que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA y/o que tengan
registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA.
Fundamento Legal: Artículo 32 primer párrafo y
fracciones V y VIII de la LIVA.
Los contribuyentes personas morales ¿cuándo deben presentar la
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)?
Durante el mes inmediato
posterior al que corresponda dicha información.
Fundamento Legal: Artículo 32,
fracciones V y VIII de la Ley del IVA
¿Mediante que formato se debe
presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?
Mediante el formato A-29 “Declaración Informativa de
Operaciones con Terceros”, contenido en el programa electrónico: Declaración
Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), que se encuentra en el portal
de Internet del SAT.
¿Se debe presentar la
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) si no se han tenido
operaciones con terceros?
Sí. En tanto tenga registrada la clave de IVA. En éste caso
se selecciona dentro del programa DIOT la opción: “La presenta sin operaciones”
Fundamento Legal: Artículos 32 primer párrafo, fracción
VIII de la LIVA.
¿La Declaración Informativa
de Operaciones con Terceros (DIOT) solicita información de operaciones con
proveedores y clientes?
No, únicamente
proveedores.
Fundamento Legal:
Artículo 32, fracción VIII de la LIVA
¿Cuántos tipos de
proveedores se pueden relacionar?
Tres tipos de proveedores:
· Nacional
·
Extranjero
· Global
Fundamento:
Programa Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
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