miércoles, 2 de marzo de 2016

DECLARACION ANUAL PERSONAS MORALES




           
1.- ¿Quiénes están obligados a presentar declaración anual?
-          Régimen general
-          Régimen de consolidación
-          Régimen de grupos de sociedades
-          Régimen de coordinados
-          Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras
-          Régimen con fines no lucrativos

2.- ¿Cuándo se debe presentar?
- A más tardar el 31 de marzo de 2016

3.- ¿Cuáles son los gastos deducibles para una Persona Moral?
-          Estrictamente indispensables
-          Pago con: transferencia, cheque, monedero electrónico, tarjeta de crédito o de débito
-          CFDI
-          Demás requisitos del artículo 27 de la LISR

4.- ¿La nueva aplicación para presentar la Declaración Anual de 2015 para personas morales tiene información precargada?
- No, en esta aplicación se llenara de forma cotidiana, como en años pasados.

5.- ¿Cuál es el medio de presentación de la Declaración Anual de años anteriores, tanto normal como complementaria?
- Debes descarga e instalar la versión DEM (2013) V. 1.5.6 para elaborar y presentar la Declaración Anual de personas morales, correspondiente a los ejercicios fiscales de 2013 hasta 2002.

6.- ¿Puedo acreditar los pagos provisionales en mi Declaración Anual para el impuesto sobre la renta si acredité el subsidio y no pagué efectivamente nada de pagos provisionales?
- Sí, se acreditan los pagos provisionales efectuados durante el ejercicio en la Declaración Anual. Si se acreditó el subsidio en los pagos provisionales, en la Declaración Anual se acreditaría el impuesto determinado en los pagos provisionales antes de haber aplicado el subsidio. El acreditamiento del subsidio funciona en pagos provisionales como un pago virtual.

7.- ¿Debe considerarse como deducción autorizada para la Declaración Anual el ingreso percibido en 2015 de una factura emitida en el mismo año y cancelada en 2016?
 - Sí, deben considerarse las devoluciones que se reciban, los descuentos y bonificaciones que se hagan en el ejercicio.

8.- ¿La aportación de un socio se considera un ingreso para la persona moral?
- No, se considera un aumento de capital

9.- Si soy una Persona Moral, ¿Puedo tener una devolución automática?
- En cuanto a personas morales del régimen general no procede la devolución automática del saldo a favor del ISR que se determine en la declaración anual. Ésta es válida únicamente para personas físicas.


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