Actualmente es muy común que los trabajadores usen el automóvil personal
para salir de viaje por cuestiones de trabajo, pero existe la duda
de que gastos podemos deducir ya que no es un auto de la empresa y cuáles son
los lineamientos a seguir para poder hacer deducible gastos
como: gasolina, aceite, servicios, reparaciones y refacciones.
Por lo cual el artículo 28, fracción V, de la LISR y 58 del RLISR señalan
que debes cumplir señala dichos puntos:
·
El viaje tiene que superar una faja de 50 kilómetros que circunde a tu
establecimiento
·
El total de kilometraje en el ejercicio no puede superar los 25 mil (en
numerario equivale a 23,250.00 deducibles en el ejercicio)
·
La deducción no puede exceder de 93 centavos M.N., por kilómetro
recorrido por el automóvil.
·
Las erogaciones deben realizarse en territorio nacional y estar
amparadas con el CFDI a tu nombre (debes distinguir entre estos comprobantes y
los que en su caso tengas por gastos efectuados de tus propios vehículos).
Acompañar el CFDI que ampare el hospedaje de la persona que conduce el
vehículo.
Aquí dejo un ejemplo en el cual un empleado usa su automóvil persona y
recorre 280 Kilómetro esto por el límite de deducción es de .93 el total
deducible será de $ 260.40 pesos.
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