¿Qué se entiende por pérdida fiscal?
En los términos del primer
párrafo del artículo 61 de la LISR, la pérdida fiscal se define como:
“ARTÍCULO 57 (ANTES 61).- La
pérdida fiscal será la diferencia entre los ingresos acumulables del ejercicio
y las deducciones autorizadas por esta Ley, cuando el monto de estas últimas
sea mayor que los ingresos...”
¿Qué plazo tiene un
contribuyente para la disminución de las pérdidas fiscales?
La...