La mayor parte
de las personas al iniciar su propia empresa o negocio llevan
a cabo actividades comerciales (compra-venta de bienes o servicios); sin
embargo, muchas microempresas inician
también con la prestación de sus servicios de manera independiente
(abogados, dentistas, ingenieros, arquitectos, contadores, etc.)
Una adecuada
planeación al iniciar una empresa o negocio incluye definir entre otras cosas
las siguientes:
1. Recursos
económicos para iniciar con el negocio (Propio o
financiado)
2. Conocimiento
y experiencia en el giro en el que se incursionará, lo que
incluye conocimiento de suministros, cartera de clientes, relación con
proveedores, etc.
3. Conocer o
asesorarse sobre todos los requerimientos legales que
tienen que cubrirse para evitar infracciones y sanciones.
4. Definir la forma
en que conviene mas iniciar el negocio (individualmente o en asociación
con alguien mas)
5. Buscar asesoría
de un Contador Público en los temas administrativos del negocio:
Implementación de sistemas administrativos, como los sistemas Aspel, que
simplifiquen varias de las tareas, permitan cumplir con las obligaciones
fiscales y sobre todo que permitan conocer los indicadores sobre el rendimiento
del negocio, ya que de nada sirve vender muchos bienes o servicios, si no se
tiene control sobre los mismos y sobre los gastos e inversiones que se efectúan
para alcanzarlas.
Posibilidades
para pagar impuestos como microempresario
Conforme a la Ley
del Impuesto Sobre la Renta (ISR) vigente, las personas físicas
residentes en México están obligadas al pago del Impuesto respecto de todos sus
ingresos, cualquiera que sea la fuente de riqueza de donde provengan.
Además señala
que pagarán el ISR las personas físicas que perciban
ingresos derivados de la realización de: A) Actividades
empresariales o B) De la prestación de servicios profesionales.
Las actividades
empresariales las define la legislación fiscal como lo siguiente:
- Actividades
comerciales: Las personas que lleven a cabo actos de
comercio, que se define como el intercambio de bienes o servicios
- Industriales:
Extracción, conservación o transformación de materias primas,
acabado de productos y elaboración de satisfactores.
- Agrícolas:
Comprenden las actividades de siembra, cultivo y cosecha y la
primera enajenación de los productos obtenidos que no hayan sido objeto de
transformación industrial.
- Ganaderas:
Consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y
animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido
objeto de transformación industrial.
- Pesca:
Incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de
toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así
como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de sus
productos que no hayan sido objeto de transformación industrial
- Silvícolas: Las de cultivos de bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos que no hayan sido objeto de transformación industrial
Por prestación
de servicios profesionales se entiende que son las remuneraciones que deriven
de un servicio personal independiente y que sean distintos de
las actividades empresariales, es
decir, cualquier servicio que derive por ejemplo de los que presta una
persona derivados de su profesión.
Por lo anterior,
si eres persona física que de manera enunciativa mas no
limitativa llevas a cabo actividades empresariales como:
compra-venta de bienes al menudeo o mayoreo (Productos
terminados industriales, agrícolas, ganaderos, silvícolas o pesqueros),
prestación de servicios de: Plomería,
Construcción, mudanza, transportación, mecánica; venta de
alimentos, papelería, ferretería; o bien, lleves
a cabo actividades derivadas de tu profesión: Servicios legales,
contables, administrativos, dentales, diseño, etc., el régimen
fiscal en el que tendrás que tributar para fines del ISR, será
conforme al Capítulo II del Título IV
de la Ley del ISR denominado: De los ingresos por
actividades empresariales y profesionales.
En relación con
lo anterior, una vez que con la ayuda de tu Contador,
des inicio con el proceso de darse de alta como
contribuyente, es necesario que escuches de él todas las
obligaciones que se tienen que cumplir una vez que comiences a
generar ingresos y consecuentemente
pagar impuestos; es decir, la periodicidad con la que se
tienen que pagar los impuestos, si hay impuestos adicionales que pagar como el Impuesto
al Valor Agregado, declaraciones
informativas y avisos que se tienen que presentar a la autoridad fiscal, etc.
FUENTE:
www.soyconta.com
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