1.-
¿En qué consiste la inversión Extranjera?
Consiste en colocar capital
con fines económicos o empresariales en un país distinto al del origen del
inversionista. Este tipo de movimientos impulsan el desarrollo de una nación,
ya que tienen el potencial de generar empleo, incrementar el ahorro, captar
divisas, estimular la competencia, incentivar la transferencia de nuevas
tecnologías e impulsar las exportaciones.
En México, cualquier empresa
que tenga inversión extranjera debe realizar trámites ante la Secretaría de
Economía (SE), para ello existe un área llamada Registro Nacional de
Inversiones Extranjeras (RNIE) cuya función consiste en contabilizar y dar
seguimiento a los flujos de inversión extranjera en México.
2.-
¿Qué es el informe económico de inversión extranjera?
El informe económico de
inversión extranjera es un cuestionario que se presenta al RNIE acompañado de
la documentación que acredita la identidad de la persona que firma. De esta
forma se da cumplimiento al artículo 35 de la Ley de Inversión Extranjera.
Este trámite tiene como
objetivo controlar los movimientos realizados, cerciorarse del origen lícito de
los recursos y evitar fugas de divisas y capital. Para dar cumplimiento a este
requisito, debes conocer cuál es el periodo en el que debes presentar la
información, toda omisión o información incompleta o incorrecta, ocasiona
multas.
De acuerdo con el RNIE toda
empresa con inversión extranjera debe presentar, según corresponda:
- Actualización trimestral (existen excepciones)
- Informe económico anual (existen excepciones)
Los informes trimestrales se
presentan cuando existen variaciones superiores a veinte millones de pesos en
cualquiera de las cuentas que integran los siguientes conceptos:
- Activo
- Pasivo
- Capital contable
Los informes económicos
anuales se presentan cuando el monto es mayor a ciento diez millones de pesos
en cualquiera de los siguientes conceptos:
- Activo total inicial
- Activo total final
- Pasivo total inicial
- Pasivo total final
- Ingresos en el país y en el exterior
- Costos y gastos en el país y en el exterior
3.-
¿Cuál es la información necesaria para realizar este trámite?
- Cuestionario de informe económico de inversión extranjera presentado en tamaño oficio y sin alterar.
- Documentación que acredite la personalidad del representante legal o apoderado y la identificación oficial.
- Deberá contener la firma autógrafa del representante legal, delegado fiduciario, fedatario público o autorizado. No podrá ser firmado “por ausencia” o “por autorización”.
4.-
¿Quiénes están obligados a presentar la información?
- Persona física extranjera (Sección I).
- Representante legal de persona física o moral extranjera o de sociedades mexicanas con inversión extranjera en su capital social (Sección II).
- Delegado fiduciario (Sección III).
- Fedatario público (Avisos de acuerdo a la Ley de Inversión Extranjera).
5.-
¿Qué sanción tendrá las empresas que no cumplan informe económico de inversión
extranjera?
Si no se cumple con el
trámite, se manda incompleta o incorrecta la información, tu empresa se puede
hacer acreedora a una sanción de 30 a 100 salarios mínimos. Finalmente, una vez
el plazo máximo que tiene el RNIE para dar respuesta a un trámite es de 10
días.
BIOGRAFÍA
https://idconline.mx/
www.soyconta.mx/
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