miércoles, 9 de agosto de 2017

Dictamenes Aplicables al outsourcing

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1.- ¿A qué tipo de dictámenes están obligadas las empresas de suministro de personal llamadas OUTSORCING?
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Dictamen de estados financieros  art. 32-a del cff.
Dictamen obligatorio para la acreditación del cumplimiento de obligaciones patronales,  art. 16 lss.
Dictamen Infonavit,  art.55, 59 y 60 ripaedi
Dictamen impuestos sobre nóminas (gaceta oficial cdmx)

2.- ¿Cuándo estoy obligado a Dictaminar mis Estados Financieros ?
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Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que se encuentran en alguno de los supuestos de las siguientes fracciones, están obligadas a dictaminar, en los términos del Artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado.

Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $34,803,950.00, que el valor de su activo determinado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $69,607,920.00 o que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

3.- ¿Cuál es el plazo para presentar el dictamen de Estados Financieros?

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A más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.
El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, podrá señalar periodos para la presentación del dictamen por grupos de contribuyentes,

4.- ¿A qué se refiere con el Dictamen Obligatorio para la Acreditación del Cumplimiento de Obligaciones Patronales?

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Los patrones que de conformidad con el reglamento cuenten con un promedio anual de 300 trabajadores o más en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado, en los términos que señalen en el reglamento que al efecto emita el Ejecutivo Federal.

Los patrones que presenten dictamen no serán sujetos de visita domiciliaria por los ejercicios dictaminados a excepción de que:
I.- El dictamen se haya presentado con abstención de opinión, con opinión negativa o con salvedades sobre aspectos que, a juicio del contador público, recaigan sobre elementos esenciales del dictamen, o
II.- Derivado de la revisión interna del dictamen, se determinaren diferencias a su cargo y éstas no fueran aclaradas y, en su caso, pagadas.

5.- ¿Cuál es la fecha de presentación del Dictamen Obligatorio para la Acreditación del Cumplimiento de Obligaciones Patronales?

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Fecha de presentación a más tardar 30 de septiembre del ejercicio inmediato siguiente.

6.- ¿Cuándo Dictaminarse para efectos del Infonavit?
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 La que la presentación del dictamen Infonavit es voluntaria y te permite dictaminar el cumplimiento de tus obligaciones patronales en materia de aportaciones por medio de un contador público autorizado.
Los beneficios que se pueden obtener son:
  • No ser sujeto de visitas domiciliarias
  • No recibir cédulas de determinación de diferencias por el periodo dictaminado


7.- ¿Cuál es la fecha de presentación del Dictamen del Infonavit?
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Conforme a lo establecido en el artículo 65 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit, los dictámenes deben presentarse dentro de un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de presentación del aviso de dictamen, o dentro del señalado en el oficio de prórroga, en caso de que ésta se hubiera concedido.
Fecha de presentación a más tardar 21 de agosto del ejercicio inmediato siguiente.

8.- ¿De qué trata el Dictamen del Impuesto sobre Nóminas?
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PRIMERA. - Se encuentran obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, las personas físicas y morales que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos, y únicamente por cada uno de ellos.
 I.- Las que hayan contado durante el ejercicio inmediato anterior, con un promedio mensual de ciento cincuenta o más trabajadores;

SEGUNDA. - Las contribuciones por las cuales se debe emitir dictamen según corresponda son las siguientes:
 I.- Impuesto Predial;
II.- Impuesto Sobre Nóminas…

9.- ¿Cuál es la fecha de presentación del Dictamen de Impuesto sobre Nóminas?
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 Fecha de presentación a más tardar último día hábil del mes de mayo del ejercicio inmediato siguiente.

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