¿Porque el
SAT no te devolvió el saldo a favor de ISR de forma automática?
El SAT ha devuelto el saldo a favor de la mayoría de las Personas
Físicas que enviaron su declaración en tiempo y forma en el mes de abril. Si no
eres uno de los contribuyentes que recibieron el depósito del saldo a favor por
concepto de “Devolución Automática” del Impuesto Sobre la Renta, es porque
probablemente tu declaración anual tuvo alguna observación por parte del SAT.
Existen
muchas razones por la cual tu saldo a favor no fue devuelto de forma
automática, estos motivos van desde diferencias entre importes declarados por
el retenedor (patrón), verificar comprobantes fiscales (CFDI´s) de deducciones
personales o simplemente por un error de dedo al registrar la cuenta CLABE para
el depósito del saldo a favor del ISR.
A
continuación, te dejamos las principales causas por las cuales el SAT no te
devolvió tu saldo a favor de forma automática o lo hizo de forma parcial:
¿Tienes Deducciones Personales sin requisitos o improcedentes?
Cuando la
autoridad fiscal considere que una deducción personal es improcedente, debe
especificarlo en la consulta del estatus de tu
devolución automática, podría darse el caso de que solo algunas de las
deducciones personales sean improcedentes y esto conlleve a que la devolución
se haga de forma parcial.
En
algunos casos se requieren los comprobantes fiscales que amparan las
deducciones personales que se consideraron en la declaración anual, podría
tratarse de algún comprobante que no estaba precargado y se realizó de forma
manual por parte del contribuyente.
Pero
también existe la posibilidad de que no se obtenga el saldo a favor porque la
eliminación de todas las deducciones personales, den como resultado en el mejor
de los escenarios una cantidad menor a devolver o en su defecto una cantidad a
pagar por el contribuyente.
¿No declarar el 100% de Ingresos?
Otra de
las principales inconsistencias es cuando el contribuyente no declara el total
de sus ingresos. Podría ser el caso de que el SAT tiene registrados en su base
de datos los ingresos adjudicados al Registro Federal de Contribuyentes del
contribuyente por parte del retenedor (patrón), y lo declarado no concuerda con
las cantidades que declara el contribuyente.
Podría
ser el caso de que el contribuyente declaró tener relación laboral con un solo
patrón y en el ejercicio tuvo otro patrón el cual no considero al momento de acumular
sus ingresos.
Los
ingresos en copropiedad, sociedad conyugal y/o sucesión, también deben ser
especificados en la Declaración Anual de Personas Físicas; al no presentar
dicha información el SAT podrá detectar que hace falta esta información y
rechazar la devolución automática.
¿La Cuenta CLABE es Errónea?
Cuando se
solicita el saldo a favor se pide la cuenta CLABE del contribuyente para
realizar el depósito, si se da de alta una cuenta CLABE errónea; el SAT al
detectar que la información es errónea vs el banco receptor no realiza el
depósito del saldo a favor.
Para esto
el SAT pedirá un documento que valide que la cuenta CLABE está a nombre del
contribuyente.
¿Tienes Créditos Firmes a Cargo
La
devolución automática también está sujeta a verificar que como contribuyente no
tengas algún crédito fiscal a cargo, por ejemplo, que tengas una declaración
anual por pagar y que el SAT haya requerido el pago.
Otros Motivos
También
es motivo de que tu saldo a favor no sea autorizado en devolución automática si
tu situación fiscal presenta inconsistencias, tales como:
·
Tu
domicilio fiscal se encuentra como no localizado.
·
Te
encontraste inactivo durante el ejercicio o año que declaras.
·
Si marcas
la opción de compensación en la Declaración Anual en lugar de Devolución.
·
Si te
encuentras en el catálogo de incumplidos publicado en el portal del SAT.
¿Qué hacer si la Declaración Anual tiene
Inconsistencias?
Cuando no
se autoriza tu saldo a favor o se autoriza parcialmente puedes hacer lo
siguiente:
·
Presentar
una declaración complementaria con las inconsistencias corregidas.
·
Solicitar
la devolución a través del Formato Electrónico de Devoluciones, disponible en
la sección de Trámites de este Portal.
Bibliografia