Si tributas en el régimen de sueldos y salarios, y este año tuviste
ingresos menores a 400,000.00 pesos y/o recibiste ingresos solamente por
salarios de un solo patrón, tienes la opción de presentar tu declaración anual,
y tener así la posibilidad de ser acreedor a una devolución de ISR, aquí te
explicamos los pasos a seguir.
Asegurarse de tener los documentos necesarios
El primer paso es asegurarte de tener a la mano los documentos necesarios
para llevar a cabo este trámite. Otra información y archivos que requerirás
para llevar a cabo este proceso son: RFC, Contraseña del RFC, y tu e.Firma
(FIEL), si aún no cuentas con ellas, te recomendamos acudir a tu subdelegación
del SAT más cercana y tramitarlas antes de que se acerque el final del año.
Escrito libre al retenedor (patrón)
Debes hacerle saber a tu empleador que tú serás quien presente tu
declaración anual para el año en cuestión. Para esto deberás entregarle un
escrito libre a más tardar en el mes de diciembre, avisándole que serás tú
quien se encargará de presentar al SAT tu cálculo anual, y evitando así que tu
empleador lo haga por ti.
Constancia de percepciones (Actualizado para 2018)
A diferencia de ejercicios anteriores, para tu declaración anual de 2018
no podrás contar con la constancia de percepciones emitida por tu empleador, ya
que la obligación de presentar la declaración informativa de sueldos y salarios
fue derogada por el SAT. Por lo que ahora deberás contar con tus CFDI de
nómina, mismos que son emitidos por tu empleador cada vez que te realiza un
pago de sueldos. Adicionalmente pueden consultarlos en la plataforma del SAT.
Cálculo de impuestos
Una vez que tengas en tu posesión los comprobantes de gastos deducibles
del año 2018, así como tu acumulado de nómina del mismo año, será momento de
iniciar con el procesamiento de la información, calculando así el estimado de
devolución de ISR correspondiente.
Presentación de la declaración anual
Ya teniendo este estimado, es cuestión de esperar a que se habilite la
opción para presentar tu declaración en el sistema “Asalariados” del SAT (en el
mes de abril 2019 aproximadamente), e ingresar los datos obtenidos en el
cálculo de la declaración anual. Se recomienda solicitar a tu banco con
anticipación un estado de cuenta del mes anterior (marzo 2019), para tener los
datos bancarios actualizados en caso de tener un saldo a favor.
Aprobación o rechazo de la devolución
En caso de que todos los datos se encuentren en orden, y el SAT no requiera
información extra, en un máximo de 5 días se realizaría el depósito
correspondiente a la devolución solicitada en la cuenta de banco proporcionada
al momento de presentar la declaración. En caso de que el SAT presente un
requerimiento, el contribuyente tiene 20 días hábiles para responder a las
observaciones realizadas por el SAT, una vez presentadas estas aclaraciones, el
SAT tiene 20 días hábiles para hacer las revisiones correspondientes, sí en
esta ocasión todo está en orden, será sólo cuestión de esperar a que el recurso
sea aprobado y liberado, para ser depositado en la cuenta de banco del
contribuyente.
Cabe recalcar que requerimientos comunes por parte del SAT son la
presentación de todos los recibos de nómina del año correspondiente a la devolución,
así como estados de cuenta donde se reflejen los depósitos de los pagos de
nómina. El no contar con estos documentos podría causar el rechazo de la
devolución solicitada.
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