viernes, 15 de septiembre de 2017

CFDI 3.3 PUNTOS RELEVANTES

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Con el objetivo de buscar una mayor vigilancia en las operaciones de los contribuyentes la autoridad publicó a partir del 01 de julio la nueva versión para la expedición de los CFDI la versión 3.3, la cual será de manera opcional hasta el 30 de noviembre de 2017, para que a partir del 01 de diciembre de 2017 cualquier comprobante emitido tendrá que incluir los requisitos expuestos en dicha versión o de lo contrario carecerá de validez fiscal.

A continuación, se detallan los puntos más importantes que se deberán de incluir durante su llenado:
Uno de los principales cambios de la versión será sobre la estructura y formación del XML.
Esta estructura cambia de manera importante, se han eliminado un total de 40 atributos en las etiquetas y se han añadido un total de 20 etiquetas nuevas incorporando el nacimiento de la versión 3.3
El reto es el llenado de información en la nueva estructura a partir de información contenida en los nuevos catálogos.

Los nuevos catálogos del SAT para la versión 3.3
Se han definido un total de 17 catálogos para que sean integrados al momento de llenar datos el XML en la versión 3.3, el objetivo que se persigue es que la información generada sea homogénea por todos los contribuyentes en conjunto. Estos catálogos están sujetos para reglas de validación, para la estandarización única de las descripciones y los tipos de datos.
El contribuyente deberá poner atención a los catálogos ClaveProdServ y clave Unidad una de las actividades esenciales será que el contribuyente deba relacionar estos a los productos y servicios registrados actualmente en sus sistemas ERP y el software de uso de factura electrónica en versión 3.3, a continuación, se enumeran los nuevos catálogos del Sat versión 3.3.

1. Aduana
2. Clave ProdServ
3. Clave Unidad
4. Código Postal
5. Forma Pago
6. Impuesto
7. Método Pago
8. Moneda
9. Número de Pedimento Aduana
10. País
11. Patente Aduanal
12. Régimen Fiscal
13. Tasa o Cuota
14. Tipo De Comprobante
15. Tipo Factor
16. Tipo Relación
17. Uso CFDI

Relacionar los Cfdi 3.3
Se implementa un nodo opcional con diferentes atributos para precisar información de los comprobantes relacionados con el CFDI en cuestión. Los atributos son, por ejemplo: tipo de relación que existe entre el CFDI y el (los) previos y UUID de CFDI relacionado.


Cuando emitir complemento recepción de pagos
El complemento de recepción de pagos da vida a una nueva manera de operar y registrar las operaciones que tenga la empresa o negocio, debido a que este complemento se podrá utilizar únicamente cuando el pago sea efectuado después de haber emitido la factura y cuando ya se haya confirmado el pago en la cuenta, de esta manera el contribuyente al emitir un complemento de recepción de pago estará declarando conoce al 100% el método pago de dicho comprobante y que ya fue cubierto el importe del comprobante.
Además, una de sus funciones principales es la de identificar las operaciones realizadas por transferencia y agregar el número de autorización de la operación; esto quiere decir que ya no se podrá relacionar el pago con los últimos 4 dígitos de la cuenta, sino ahora se deberá indicar el número de autorización o el número de operación del movimiento, con el fin de poder identificar de una manera exacta el pago para hacerlo más claro y transparente.
De modo que, si tu comprobante fue emitido en parcialidades, deberás realizar un complemento de pago por cada pago que la empresa reciba y desde luego haciendo referencia al UUID o comprobante fiscal.

Opciones para Cancelación de Cfdi 3.3
1.- Con solicitud de autorización por parte del proveedor
2.- Sin autorización
3.- Nota de crédito
4.- Por sustitución (tratándose de CFDI’s con complemento de recepción de pago)
Aquellos comprobantes que hayan sido pagados parcial o totalmente, no podrán ser cancelados, aunque de ser incorrectos podrán realizarse correcciones, pero no será mediante el mecanismo de cancelación sino por medio de la sustitución del comprobante; Tratándose de comprobantes que se emitan y ya cuentan con un CFDI relacionado con complementos de pagos, la única forma con la que podrá “cancelar” es a través de comprobantes de egresos (Notas de crédito) ya sea por devolución, descuento, entre otros.

Confirmación de montos incongruentes o elevados
Durante un estudio realizado por el SAT en el año 2015, identificó que algunos contribuyentes caen en la mira del SAT por operaciones a las que se les atribuye el conocido “Error de dedo” ya que en estos comprobantes se muestran cifras que pudieran llegar a ser ruidosas para cualquier persona.
Debido a esto el SAT decidió poner cartas sobre este asunto, lanzando en esta nueva versión de Facturación Electrónica CFDI 3.3 la confirmación de montos mayores a 20 millones de pesos para ingresos y 400 mil pesos en adelante para la nómina.
Es importante señalar que estos montos podrán ser configurados ante el SAT, debido a que, si las operaciones diarias de su negocio son mayores a estas cantidades, se deberá establecer un monto diferente para estas empresas y así evitar las solicitudes de confirmación por cada comprobante que la misma emita sobre estas cantidades.
Aunque el SAT aún no ha revelado exactamente cuál va a ser el proceso correcto por seguir sobre esta instancia, sabemos que bastará con ponerse en contacto con el SAT para realizar dicha configuración.

Métodos de pago
- Pago en una sola exhibición (PUE)
- Pago en parcialidades o diferido (PPD)

Conclusión
Está claro los amplios márgenes que busca tener la autoridad para tener un mayor control sobre las actividades y operaciones que realicen los contribuyentes, la emisión y recepción de las facturas es una excelente y fácil medida, ya que es algo que realizan diariamente los contribuyentes, derivado de ello es un tema al que se le tiene que poner especial cuidado por toda la información que contendrá las facturas (CFDI) correspondientes.


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