El
artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) nos dice que, los
trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, conforme
indique el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la
Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU).
¿Cómo se debe efectuar el Reparto de las Utilidades entre los
trabajadores?
El artículo
122 de la LFT, señala que el, deberá efectuarse dentro de los sesenta días
siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual del ejercicio
anterior, de tal forma que las personas morales pagarán la PTU a más tardar el
31 de mayo y las personas físicas, el 29 de junio.
¿Hay alguna sanción para que no cumpla con el PTU?
El
artículo 994 de la LFT impone una multa, por el equivalente de 250 a 5000
veces el salario mínimo general (Unidad de Medida y Actualización a partir de
2017), al patrón que no cumpla las obligaciones que le impone el Capítulo VIII
del Título Tercero, relativo a la Participación de los Trabajadores en las
Utilidades de las Empresas.
¿Cómo se calcula el PTU?
La utilidad repartible se determinará
en los términos del artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), de
la siguiente forma:
¿Quiénes están exentos de PTU?
a)
Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
b)
Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto
nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la
novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de
industrias nuevas.
c)
Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el
período de exploración.
d)
Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que
con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de
asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los
beneficiarios.
e)
El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas
descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
f)
Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con
la Secretaría de Economía. La resolución podrá revisarse total o parcialmente,
cuando existan circunstancias económicas importantes que lo justifiquen.
¿Derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades?
a)
Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no
participarán en las utilidades.
b)
Los demás trabajadores de confianza participarán en las utilidades de las
empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al
trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o
a falta de esté al trabajador de planta con la misma característica, se
considerará este salario aumentado en un veinte por ciento, como salario
máximo.
c)
El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos
ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al
cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses,
no podrá exceder de un mes de salario.
d)
Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los
trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad
temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.
e)
Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para
efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades.
f)
En la industria de la construcción, después de determinar qué trabajadores
tienen derecho a participar en el reparto, la Comisión a que se refiere el
artículo 125 adoptará las medidas que juzgue conveniente para su citación.
g)
Los trabajadores domésticos no participarán en el reparto de utilidades.
h)
Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de
la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos.
¿Cuál es la Exención de ISR para los trabajadores?
El artículo
93 de la Ley del ISR, en su fracción XIV, señala que no se pagará el ISR
por la obtención de ingresos por concepto de PTU hasta por el equivalente a 15
días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador (Unidad
de Medida y Actualización a partir de 2017).
¿Cuál es el Tratamiento contable?
Sobre
el particular, la NIF D-3, Beneficios a los empleados, en su párrafo 24,
establece que tratándose de la obligación legal por la PTU causada, una entidad
debe reconocerla en el estado de resultado integral en el rubro de costos o
gastos que corresponda.
En
caso de que algún importe de PTU causada, esté asociado con operaciones
discontinuadas o con los otros resultados integrales (ORI), dicho importe debe
mostrarse dentro de los rubros relacionados.
La
PTU causada representa para la entidad un pasivo, normalmente a plazo
menor a un año, de tal forma que la PTU deberá reconocerse como costo o gasto,
según corresponda.
Bibliografia.
www.soyconta.com
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