¿Qué modificaciones hay en los
CFDI´S para el 2017?
La nueva medida incorporada en el
artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF)crea una obligación
adicional al contribuyente que necesite cancelar un CFDI:
a partir de mayo de 2017 el contribuyente que cancele un CFDI deberá
contar con el consentimiento del receptor. De acuerdo a la exposición de
motivos de dicha reforma es que “el SAT ha detectado que diversos
contribuyentes emisores de comprobantes fiscales digitales por Internet
los cancelan de manera unilateral con diversas finalidades, entre
ellas, la de no acumular como ingreso para efectos del impuesto sobre la
renta la cantidad facturada, lo que puede ocasionar efectos fiscales
no deseados a las personas a favor de quienes se expiden dichos
comprobantes.
¿Cuáles son las razones para
cancelar un CFDI?
Existen varias razones por las
cuales un contribuyente necesita cancelar un CFDI, por ejemplo:
·
Error en datos fiscales (RFC, domicilio,
nombre o razón social)
·
Error en forma o método de pago (contado,
parcialidad, efectivo, transferencia)
·
No incorporar los 4 últimos dígitos de la tarjeta
bancaria (no obligatorio)
·
Error en los montos de la operación (facturar
en exceso o de menos)
·
No se paga la operación amparada por el
CFDI (principal motivo de cancelación)
·
Productos y servicios (error en el
concepto)
·
Impuestos aplicables en la factura
electrónica
·
Condiciones de pago diferentes a las
autorizadas por la empresa.
¿Qué Procedimiento se requiere
para la cancelación de un CFDI a partir de 2017?
El SAT defina cuál será el
proceso para la cancelación de un CFDI a partir de 2017 a través de reglas de
carácter general (Resolución Miscelánea); sin embargo la modificación al artículo
29-A del CFF para 2017 menciona lo siguiente:
·
Los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo
podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su
cancelación.
·
El Servicio de Administración Tributaria,
mediante reglas de carácter general, establecerá la forma y los medios en los
que se deberá manifestar dicha aceptación.
¿Intensificar el uso de Buzón Tributario?
Como se recordará, el Buzón
Tributario es el método implementado por el SAT para comunicarse
directamente con los contribuyentes. Esta herramienta busca emitir
requerimientos y notificaciones a los contribuyentes, sin tener que recurrir a
las visitas domiciliarias. Por lo anterior, podría pensarse que el uso del
Buzón Tributario es la mejor opción para el SAT de hacer llegar diferentes
anuncios (requerimientos) a los contribuyentes.
Si el SAT busca que los
contribuyentes se den de alta en el Buzón Tributario con la finalidad
de poder recibir sus requerimientos más rápido, podríamos concluir que la
autoridad posiblemente buscará intensificar su uso para que los contribuyentes
puedan cancelar los CFDI a partir de 2017, debido a que es el medio
idóneo para que un contribuyente le avise a otro contribuyente que
necesita efectuar la cancelación para tener el debido soporte ante el SAT
según la nueva disposición del CFF en 2017.
¿Cuándo entra en vigor el nuevo
procedimiento de cancelación de un CFDI?
De acuerdo con las disposiciones
transitorias del CFF reformado para 2017, será hasta el 1 de mayo de 2017
cuando ya no se pueda cancelar un CFDI sin el consentimiento del receptor.
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