¿Qué puedo deducir?
Administradoras de
fondos para el retiro
De
aportaciones complementarias de retiro (Afore) o a las cuentas de planes
personales de retiro, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones
voluntarias. El monto máximo es de 10%.
Colegiaturas
Además,
también son deducibles los pagos por servicios educativos (colegiaturas) con
los siguientes topes:
- Preescolar:
$14,200
- Primaria:
$12,900
- Secundaria:
$19,900
- Profesional
técnico: $17,100
- Bachillerato
o su equivalente: $24,500
Créditos
hipotecarios
Intereses
reales por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con
el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras, y siempre que el
crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
Donatarias
autorizadas
Donativos
no onerosos ni remunerativos cuando se den a instituciones autorizadas para
recibir donativos. Por ejemplo a la Cruz Roja. El monto de los donativos no
debe exceder de 7% de los ingresos.
Gastos funerarios
Solamente
la cantidad que no exceda del salario mínimo, elevado al año, efectuados por el
contribuyente para su cónyuge o concubino/a, así como para padres, abuelos,
hijos y nietos.
Los
gastos para cubrir funerales a futuro serán deducibles en el año de calendario
en que se utilicen los servicios funerales.
Gastos médicos
- Dentista,
tratamientos y consultas
- Gastos
hospitalarios
- Medicinas
incluidas en facturas de hospitales (no comprobantes de farmacias)
- Análisis
clínicos, estudios de laboratorio
- Compra
o alquiler de aparatos para rehabilitación
- Honorarios
a enfermeras
- Compra
de prótesis
- Compra
de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un
monto de $2,500.00 siempre que se describan las características de dichos
lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de oftalmólogo u
optometrista
Estos
gastos deben pagarse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito
o cheques nominativos del contribuyente.
Impuestos locales
Que
establezca un estado o el DF, pagados sobre ingresos por salarios y en general
por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa de
dicho impuesto no exceda del 5%.
Monto de las
deducciones
El monto
total de las deducciones personales (excepto donativos y estímulos fiscales) no
puede exceder de cuatro salarios mínimos generales anuales o de 10% del total
de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
Cuatro salarios mínimos anuales:
- 102,346.00
pesos
Primas por seguros
De gastos
médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud
proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el
beneficiario sea el contribuyente, cónyuge o concubino/a, ascendientes o
descendientes en línea recta.
Transporte escolar
De hijos
o nietos siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos
los alumnos y se señale por separado en el comprobante correspondiente.
Estos
gastos deben pagarse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito
o cheques nominativos del contribuyente.
¿Cuánto puedo deducir?
Límite para las deducciones
El monto total de las deducciones
personales no puede exceder de cuatro salarios mínimos generales anuales o de
10% del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
(excepto
donativos y estímulos fiscales)
Cuatro salarios mínimos anuales:
• 102,346.00 pesos
0 comentarios:
Publicar un comentario