Recuerda que para conservar el registro ante el REPSE de la STPS para poder prestar servicios especializados u obras especializadas, se deben enviar los informes tanto al IMSS como el Infonavit en tiempo y forma.
Dudas en el envío del informe cuatrimestral del SISUB
En la sesión en vivo del 17 de septiembre de 2021 del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, se dieron a conocer algunas preguntas frecuentes que recibió el Infonavit respecto al uso del SISUB, a las cuales les dieron respuesta.
A continuación, se las compartimos para su consideración:
1 – ¿El envío de la información se puede realizar desde cualquier Número de Registro Patronal?
El envío de la información, se debe de realizar mediante el Número de Registro Patronal que haya establecido como principal o cuyo domicilio sea el mismo que el Domicilio Fiscal.
2 – ¿El envío de la información se presentará por cada número de Registro Patronal?
La información se presentará por R.F.C., por lo que el llenado de los csv y envío de la información se agruparan en un solo archivo todos los NRP que estén asociados al RFC.
3 – ¿La información se presentará en formatos definidos?
Los archivos son en formato .xls, los cuales se podrán descargar en el portal Infonavit/Patrones en la sección de “conoce tus pagos” y dar clic en la opción Sistema de Información de Subcontratación
4 – ¿Tengo uno o varios contratos con un mismo cliente y se utiliza por lo regular el mismo personal para los diferentes contratos, no hay problema que se repita la información por cada contrato?
La información debe presentarse de la misma forma que se manifiesta para efectos del SUA, o SIPARE lo que corresponda por lo que no debería haber trabajadores duplicados. Es muy importante realizar el llenado de los archivos respecto a cada trabajador de la forma correcta.
5 – ¿Si los contratos celebrados no cuentan con un número de folio, que dato se debe de anotar?
En caso de no contar con número, se les solicitara adicionar el número cero (0).
6 – ¿El registro se realizó hasta julio, tengo obligación de presentar el segundo cuatrimestre?
Si, el segundo cuatrimestre abarca los meses de mayo, junio, julio y agosto.
7 – ¿De acuerdo con la prorroga que se estableció para la entrada en vigor de la reforma laboral al 1 de septiembre, el primer cuatrimestre a reportar sería el que va de septiembre a diciembre?
Si bien, la prorroga se estableció para el 1 de septiembre la reforma entró en vigor el 24 de abril del 2021 por consiguiente el primer cuatrimestre a presentar es el que abarca los meses de mayo, junio, julio y agosto que se refiere al segundo cuatrimestre del 2021.
8 – Si existe un Patrón que se registró ante la STPS, pero no tiene trabajadores que a la fecha estén prestando algún servicio especializado, ¿cómo se presentaría la información?
Por el momento se estará presentando un escrito mediante el cual se deberá informar, bajo protesta de decir verdad que no hay datos a reportar por no tener contratos celebrados, no obstante, en el transcurso del mes se habilitará un apartado para la presentación sin información.
Dentro de la sesión en línea se proporcionaron los correos (provisionales) para el envío del escrito cuando no se cuentan con contratos
9 – En los datos del beneficiario, se menciona que se debe de señalar el número de registro patronal del beneficiario del contrato (cliente), en caso de que no se tenga ¿Qué debo de señalar?
Se deberá de poner de forma consecutiva del 1 al 9, o bien repetir el número de registro patronal del sujeto obligado
10 – ¿Qué monto se debe señalar de los contratos que se van ajustando mes con mes en relación con los servicios efectivamente prestados?
En este caso sería el monto del contrato que se tiene al finalizar el cuatrimestre, pero se deberá de adjuntar todas las modificaciones de los contratos.
11 – En el detalle de trabajadores se solicita el domicilio del centro de trabajo, ¿cuál es el que se debe de señalar en caso de prestar en varios domicilios?
Se debe señalar el domicilio en el cual se localiza al trabajador físicamente, en caso de ser varios, se deberá de señalar el último del bimestre o en su caso el del beneficiario.
12 – El beneficiario del servicio es extranjero, ¿qué RFC y domicilio debo señalar?
Deberá de señalar el R.F.C. genérico, en caso de que no tenga establecimiento permanente, deberá poner el domicilio donde está su representación del país, o en su caso, el domicilio del centro de trabajo.
13 – ¿Toda la información debe presentarse de forma cuatrimestral?
La información que debe presentarse de forma cuatrimestral es la correspondiente a los CSV; Los contratos, la escritura constitutiva y el registro o folio de la STPS solo será presentado por única ocasión, si estos no sufren modificaciones. En caso de que durante los siguientes cuatrimestres se realizaron nuevos contratos, estos deberán ser adjuntados.
14 – Las percepciones variables y las percepciones fijas a que se hace referencia, ¿de qué forma se van a informar?
Será de forma bimestral separando los trabajadores de acuerdo como son informados en el SUA, las percepciones fijas son las efectivamente pagadas en el bimestre y las percepciones variables son las del bimestre inmediato anterior.
15 – Soy persona física, ¿que debo señalar en los campos de escritura constitutiva?
En el dato de número de escritura deberá señalar 0, el dato de administrador único deberá señalar el nombre de la persona física, el nombre del notario se señalará “noaplica”, en el número de notario señalará 0.
FUENTE:
https://contadormx.com
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