1.- ¿Qué es el SIROC?
Es una aplicación establecida por el IMSS denominado
Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción, para facilitar que el
patrón o sujeto obligado dedicado a la actividad de la construcción, le permita
cumplir con lo establecido en el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para
los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, respecto de
registrar una obra de construcción y sus incidencias.
2.- ¿Cuándo entra en operación el SIROC?
Los patrones y sujetos obligados podrán optar por
utilizar el SIROC para el registro de las obras de construcción, sus fases e
incidencias al día siguiente de la publicación en Diario Oficial de la
Federación y de forma obligatoria, a partir del 1 de septiembre de 2017.
3.- ¿Qué requisitos necesito para registrar una obra o
incidencia en SIROC?
La Firma Electrónica (FIEL), emitida por el SAT.
4.- ¿Quiénes deben registrar una obra en construcción
ante el IMSS y por qué?
Conforme al artículo 5o del Reglamento del Seguro Social
Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo
Determinado, se encuentran obligados a registrar una obra de construcción: Los
propietarios de las obras de construcción, que directamente o a través de
intermediarios contraten a los trabajadores que intervengan en dichas obras;
las personas contratadas por los propietarios, para llevar a cabo obras de
construcción a precio alzado o bajo el sistema de precios unitarios, con
trabajadores a su servicio, y las personas físicas o morales subcontratadas
para la ejecución de parte o partes de la obra.
5.- ¿Si desaparece el SATIC 05, como voy a cumplir con la
obligación de vincular a los trabajadores con la obra en que intervienen?
El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) se ha
actualizado a la par de la entrada en vigor del SIROC para que a través del
submenú “Registro de Obra” sea posible vincular a cada trabajador con las obras
en que interviene.
6.- ¿Dónde se encuentra la liga para entrar a SIROC?
En el escritorio virtual de los servicios digitales del
IMSS en la página www.imss.gob.mx
7.- ¿En qué caso deberá un patrón utilizar el SATIC?
El SATIC no desaparece, sigue activo para el registro de
obras registradas hasta el 31 de agosto del 2017, y para el seguimiento de las
mismas hasta su terminación.
8.- ¿Qué tipos de patrones pueden registrar obras en el SIROC?
- Obra Pública: Contratista, Subcontratista e Intermediario.
- Obra Privada: Propietario, Contratista, Subcontratista e Intermediario.
9.-
¿Cuantas incidencias pueden presentar los patrones en el SIROC?
Son
6 incidencias las que se pueden presentar: Actualización, Suspensión,
Reanudación, Reporte bimestral, Cancelación y Terminación.
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