¿Fecha límite para la presentación de la declaración
anual 2016?
A más tardar el 2 de
mayo de 2017.
¿Qué personas físicas están obligadas a presentar la
declaración anual de2016?
Las que obtuvieron
ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:
·
Si han prestado servicios profesionales (honorarios).
·
Si han obtenido ingresos por rentar algún bien
inmueble.
·
Si es una persona que realiza actividades empresariales
excepto los
que tributaban en el Régimen de Incorporación Fiscal.
·
Si ha enajenado algún tipo de bien.
·
Si ha adquirido bienes.
·
Si ha percibido salarios en los casos que se
mencionan a continuación:
a) Obtuvieron otros ingresos acumulables distintos a salarios
b) Dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2016
c) Prestaron servicios a dos o más empleadores de manera simultánea
d) Obtuvieron ingresos anuales superiores a los $400,000
e) Hayan comunicado por escrito al patrón a más tardar el 31 de
diciembre de 2016 que presentaran
declaración anual por su cuenta.
·
Si han percibido intereses en los siguientes casos:
a).-Las personas que sólo han
obtenido ingresos
por intereses reales superiores a 100,000 pesos al año.
b).-Las personas que hayan
percibido intereses
y salarios y la suma de ambos sobrepase de 400,000 pesos, sin importar el monto
por cada uno de dichos conceptos.
c).-Aquellas personas que hayan
percibido intereses
y salarios y la suma de ambos sea máximo 400,000 pesos, pero el monto de los intereses sea superior a 100,000 pesos.
QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL?
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Si han percibido otro tipo de ingresos, como por ejemplo:
·
Las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona
diferente.
·
Por inversiones en el extranjero.
·
Por intereses moratorios.
·
Por penas convencionales.
¿Con que información debo de contar?
Para la declaración
anual debes de contar con la siguiente información:
- Las constancias de percepciones y
retenciones.
- Tus declaraciones mensuales, las cuales
deben estar al corriente.
- Los recibos de honorarios o facturas
de los gastos relacionados con tu actividad que hayas
realizado en el año.
- Los recibos de honorarios o facturas
de los pagos por servicios educativos o de tus deducciones
personales en su caso.
- Para el envío de su declaración requieres contar con tu RFC y la contraseña o tu e.firma.
¿Multas y sanciones por no presentar la declaración
anual 2016?
Se imponen las
siguientes multas por incumplimientos relacionados con la presentación de la
Declaración Anual:
·
De 1,240 a 15,430
pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea
dentro del plazo correspondiente.
·
De 12,640 a
25,300 pesos por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a
ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las
autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos
señalados.
Fuente:
Idconline.com.mx
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