jueves, 20 de abril de 2017

DECLARACIÓN ANUAL 2016 PERSONAS FISICAS

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¿Fecha límite para la presentación de la declaración anual 2016?


A más tardar el 2 de mayo de 2017.

¿Qué personas físicas están obligadas a presentar la declaración anual de2016?

Las que obtuvieron ingresos, entre otros, por los siguientes conceptos:

·         Si han prestado servicios profesionales (honorarios).
·         Si han obtenido ingresos por rentar algún bien inmueble.
·         Si es una persona que realiza actividades empresariales excepto los que tributaban en el Régimen de Incorporación Fiscal.
·         Si ha enajenado algún tipo de bien.
·         Si ha adquirido bienes.
·         Si ha percibido salarios en los casos que se mencionan a continuación:
                   a) Obtuvieron otros ingresos acumulables distintos a salarios
                   b) Dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2016
                   c) Prestaron servicios a dos o más empleadores de manera simultánea
                   d) Obtuvieron ingresos anuales superiores a los $400,000
e) Hayan comunicado por escrito al patrón a más tardar el 31 de diciembre de 2016 que           presentaran declaración anual por su cuenta.
·         Si han percibido intereses en los siguientes casos:
              a).-Las personas que sólo han obtenido ingresos por intereses reales superiores a 100,000        pesos al año.
              b).-Las personas que hayan percibido intereses y salarios y la suma de ambos sobrepase de 400,000 pesos, sin importar el monto por cada uno de dichos conceptos.
             c).-Aquellas personas que hayan percibido intereses y salarios y la suma de ambos sea máximo 400,000 pesos, pero el monto de los intereses sea superior a 100,000 pesos.
QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL? 7
Si han percibido otro tipo de ingresos, como por ejemplo:
·         Las deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona diferente.
·         Por inversiones en el extranjero.
·         Por intereses moratorios.
·         Por penas convencionales. 

¿Con que información debo de contar?

Para la declaración anual debes de contar con la siguiente información:
  • Las constancias de percepciones y retenciones.  
  • Tus declaraciones mensuales, las cuales deben estar al corriente.   
  • Los recibos de honorarios o  facturas de los gastos relacionados con  tu actividad que hayas realizado en el año.
  • Los recibos de honorarios o  facturas de los  pagos por servicios educativos o de tus deducciones personales en su caso.  
  • Para el envío de su declaración requieres contar con tu RFC y la contraseña o tu e.firma. 
¿Multas y sanciones por no presentar la declaración anual 2016?

Se imponen las siguientes multas por incumplimientos relacionados con la presentación de la Declaración Anual: 
·         De 1,240 a 15,430 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas de manera espontánea dentro del plazo correspondiente. 
·         De 12,640 a 25,300 pesos por no presentar las declaraciones por internet estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.  

Fuente:

Idconline.com.mx

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