A través del DOF del 26 de diciembre de 2013 se publicó el
Decreto que establece diversos beneficios fiscales, entre los que se encuentra
el pago de colegiaturas, conforme con los requisitos que se establecen en los
artículos 1.8, 1.9 y 1.10 del mismo.
Para poder acceder a este estímulo fiscal en la Declaración
Anual de personas físicas 2016, es indispensable revisar los requisitos que se
deben cumplir sobre los pagos a nivel preescolar hasta el bachillerato o su
equivalente.
Los montos establecidos por la autoridad son los siguientes:
Nivel educativo
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Límite Anual de deducción
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Preescolar
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$ 14,200.00
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Primaria
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$ 12,900.00
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Secundaria
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$19,900.00
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Profesional Técnico
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$ 17,100.00
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Bachillerato o equivalente
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$ 24,500.00
|
De acuerdo con el artículo 1.10. del Decreto, cuando los
contribuyentes realicen en un mismo ejercicio fiscal, el pago de colegiaturas
de niveles educativos distintos, podrán disminuir el límite anual de deducción
el monto mayor de los dos niveles, sin importar cuál de los niveles se concluyó
o inició.
Asimismo, se deben cumplir una serie de requisitos para
hacer efectiva la deducción de colegiaturas, por ejemplo, que el Comprobante
Fiscal Digital por Internet o CFDI contenga la siguiente información:
Nombre de la escuela incluyendo el domicilio fiscal y la
clave de RFC
·
Número de folio
·
Lugar y fecha de expedición
·
RFC de la persona a favor de quien se expide
·
Cantidad y descripción del servicio
·
Valor unitario en número e importe total en
número o letra; en su caso, los impuestos que correspondan como IVA
·
Señalar si el pago se hace en una sola
exhibición
·
Nombre del alumno y CURP
·
Nivel educativo
·
Indicar por separado el concepto y valor de la
colegiatura
·
RFC del contribuyente que paga
·
Certificado del Sello Digital del contribuyente
que explide
·
Código de barras generado conforme el Anexo 20
·
Sello digital del SAT y del emisor
·
Número de serie del CSD el emisor y del SAT
·
La leyenda “Este documento es una representación
impresa de un CFDI”
·
Fecha y hora de emisión y de certificación de la
factura electrónica
·
Cadena original del complemento de certificación
digital del SAT
Otro de los requisitos importantes para obtener esta
facilidad es que la escuela cuente con la autorización o reconocimiento
de validez oficial en los términos de la Ley General de Educación, los colegios
autorizados se pueden consultar aquí.
Es indispensable que los pagos de colegiaturas deben
realizarse con cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito o
de servicios del contribuyente o a través de traspasos de
cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa.
Cabe señalar que las erogaciones no consideradas servicios
de enseñanza son: inscripciones, cuotas de mantenimiento, material educativo,
transportación, materias, cursos adicionales, uniformes y/o exámenes.
Otro factor importante, es que no se podrá acceder al
estímulo cuando las personas que reciban el servicio educativo tengan becas o
apoyos de carácter público.