viernes, 24 de agosto de 2018

¿Cómo dar de alta una empresa ante el IMSS?

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Cuando se inicia un negocio a través de una empresa, que para llevar a cabo sus actividades contrate a trabajadores, debe considerarse entre múltiples temas administrativos para su arranque, el relacionado con la obligación de inscribirse como patrón ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es uno de ellos.

a) Obligación legal

De acuerdo con el artículo 2, 3 de la Ley de Seguro Social (LSS) y 12 del Reglamento de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACRF) de la LSS las personas físicas o morales que de acuerdo con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), obtengan en forma permanente o eventual un servicio personal subordinado, están obligadas a registrarse como patrones ante el IMSS, con la finalidad de garantizar a los trabajadores el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado, conforme a las disposiciones que al efecto determinen la propia LSS y sus reglamentos.

b) Avisos a presentar

Para cumplir con la obligación anterior, los patrones deben presentar el aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro, el aviso de inscripción de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo y el aviso de inscripción de los trabajadores.

c) Formas de efectuar el trámite de inscripción patronal

I) Trámite presencial

En caso de optar por realizar el trámite de forma presencial se puede efectuar una cita previa mediante Internet, a través de la página web del IMSS, en donde se proporcionará los datos que solicite el sistema, debiendo presentarse en la Subdelegación u Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza que corresponda de acuerdo al domicilio fiscal o del centro de trabajo en la fecha y hora indicadas por el sistema. Para este tipo de trámite es necesario llevar lo siguiente:

  • Copia del RFC del domicilio fiscal.
  • Original y copia del comprobante del domicilio del centro de trabajo.
  • Original del croquis de localización del domicilio del centro de trabajo.
  • Original y copia de la escritura pública o acta constitutiva con el sello del Registro
  • Público de la Propiedad y del Comercio.
  • Copia y original del poder notarial para actos de dominio, de administración o poder especial en donde se especifique que puede realizar toda clase de trámites y firmar documentos ante el IMSS.
  • Original y copia de la identificación oficial vigente del representante legal.
  • Copia del RFC del representante legal.
  • Copia del CURP del representante legal.


II) Trámite vía Internet

Para realizar el trámite a través de Internet, el patrón debe registrarse en la página web del IMSS. El registro como patrón en línea por Internet está disponible las 24 horas los 365 días del año y se debe crear una cuenta en el Escritorio Virtual de la página electrónica del IMSS para los tramites digitales del patrón y para ello es necesario la CURP, FIEL (firma electrónica) y correo electrónico.

Cuando finalice el trámite, se recibirá una Carta de términos y condiciones para utilizar la firma electrónica avanzada en los actos que se realicen ante el IMSS, Acuse de recibo electrónico, Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio (ARP-PM) y la Tarjeta de Identificación Patronal.

También al concluir el trámite, se podrá inscribir a sus trabajadores con el uso de su firma electrónica avanzada (FIEL), por lo que no es necesario que trámite su Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y el Certificado Digital ante el IMSS.

d) Datos de la Tarjeta de Identificación Patronal

La Tarjeta de identificación patronal, incluirá los datos siguientes.

Número de registro patronal asignado por el IMSS: Este número identifica individualmente a cada patrón y permite comprobar el cumplimiento de sus obligaciones relativas a la seguridad social de sus trabajadores.
Nombre, denominación o razón social completos del patrón: Esta información de la empresa es proporcionada por el patrón.
Actividad, clase y fracción: Al registrarse por primera vez, las empresas deberán “autoclasificarse” para determinar el pago de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, conforme al Catálogo de Actividades del artículo 196 del RACRF. La empresa deberá conocer la actividad que va a desempeñar para poder identificarla en el Catalogo por división, grupo económico, fracción actividad y la clase.

Como podrá observarse, es de vital importancia llevar a cabo la inscripción patronal ante el IMSS ya que omitir este trámite podría resultar en la imposición de multas que pueden ir desde los 20 hasta los 350 salarios mínimos conforme al artículo 304-B de la LSS.


Adicionalmente, de acuerdo con el artículo 308 de la misma Ley se deberá pagar lo que no se haya pagado por cuotas obrero patronales omitidas y hacerse acreedor a una pena que va desde 3 meses hasta 9 años de prisión dependiendo el monto omitido.

Fuente:
www.soyconta.mx


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