1.-
¿Menciona las reglas 2018 para cumplimiento en materia de outsourcing?
Para las empresas que
contratan y prestan servicios de Outsourcing a partir de 2018 será más
fiscalizado esto debido a los nuevos deberes que deberán observar tanto el
contratante como el contratista en términos de la LISR y LIVA.
El Servicio de Administración Tributaria SAT ha dado a conocer a través
del buzón tributario la herramienta por la cual los Contribuyentes que presten
o contraten servicios de subcontratación laboral Outsourcing podrán cumplir con
las disposiciones establecidas tanto por la Ley del Impuesto Sobre la Renta LISR
como por la Ley del Impuesto al Valor Agregado LIVA que consisten en:
2.-¿Acorde con el artículo 27, fracción V, último
párrafo Ley del Impuesto Sobre la Renta, el contratante que deberá obtener del
contratista (Outsourcing)?
- Copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores que hayan proporcionado el servicio subcontratado.
- Copia de los acuses de recibo de dichos comprobantes fiscales.
- Copia de la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores.
- Copia del pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social.
3.- ¿Acorde al artículo 5, fracción II Ley del
Impuesto al Valor Agregado?
- Copia de la declaración correspondiente al Impuesto al Valor Agregado.
- Copia del acuse de recibo de pago del Impuesto.
- Copia de la Información reportada al Servicio de Administración Tributaria sobre el pago del IVA.
4.- ¿de cuándos apartados se compone el aplicativo?
- Autorización del contratista para la consulta de CFDI y declaraciones.
- Consulta por parte del contratante de los CFDI y declaraciones.
- Aviso para el cumplimiento de las obligaciones de subcontratación laboral 2017.
5.- ¿Cuál es el
procedimiento para Autorización del contratista para la consulta de CFDI y
declaraciones?
En esta sección los contratistas Outsourcing concederán la autorización
a los contratantes Clientes a efecto de que puedan consultar:
- CFDI por concepto de pago de salarios de los trabajadores subcontratados.
- CFDI del pago de cuotas obrero patronales al IMSS de dichos trabajadores este comprobante deberá ser timbrado por el Instituto.
- Declaración del pago provisional del Impuesto Sobre la Renta por retenciones sobe el salario pagado a los trabajadores.
- Declaración de pago definitivo de Impuesto al Valor Agregado.
Con ello se da cumplimiento a las obligaciones previstas por los
artículos 27, fracción V, último párrafo de la LISR, y artículo 5 fracción II
de la LIVA. Y se puede realizar de siguiente forma:
I. Dar clic en el signo (+), tal como se muestra a continuación:
II. En la ventana que se despliega, se debe indicar la siguiente
información:
Contratante:
- R.F.C. del contratante, con este dato, el sistema de forma automática genera el nombre, denominación o razón social del mismo.
- Número de contrato que ampara la prestación del servicio.
- Fecha inicial de la prestación del servicio.
- Fecha final de la prestación del servicio (el sistema no establece fecha límite).
Trabajadores con los que se presta el servicio de subcontratación
laboral (nómina subcontratada), la cual puede llevarse a cabo de dos maneras:
a) Carga manual. Se debe indicar:
- R.F.C. del trabajador.
- Inicio vigencia, es decir, fecha de inicio en la que el trabajador presta el servicio al contratante referido.
- Fin vigencia (Fecha en la que termina de prestar el servicio al contratante referido)
b) Carga masiva. El sistema permite seleccionar un archivo en
formato .txt, el cual, al momento de ser cargado, indicará el número de
trabajadores que se dieron de alta en el sistema.
6.- ¿Cuál
es el procedimiento para la consulta por parte del contratante de los CFDI y
declaraciones?
En esta sección el contratante cliente podrá consultar los CFDI emitidos
por el contratista Outsourcing de pagos por el concepto de sueldo de los
trabajadores suministrados, así como las declaraciones y pagos presentados
respecto del ISR retenido y el IVA trasladado.
7.- ¿Cuál
es el procedimiento para el aviso para
el cumplimiento de las obligaciones de subcontratación laboral 2017?
A efecto de dar cumplimiento a las obligaciones en materia de
subcontratación laboral correspondientes al ejercicio fiscal 2017, el
contratista Outsourcing deberá precisar:
- R.F.C. del contratante (cliente).
- Monto del IVA trasladado.
- Monto TOTAL del servicio.
- Fecha de Inicio del servicio.
- Fecha final del servicio.
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