1.- ¿Que es el SIROC?
Es una aplicación establecida
por el IMSS denominado Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción,
para facilitar que el patrón o sujeto obligado dedicado a la actividad de la
construcción, le permita cumplir con lo establecido en el Reglamento del Seguro
Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo
Determinado, respecto de registrar una obra de construcción y sus incidencias.
2.- ¿Cuándo entra en operación el SIROC?
Los patrones y sujetos
obligados utilizaran el SIROC para el registro de las obras de construcción,
sus fases e incidencias de forma obligatoria desde el 1 de septiembre de 2017.
3.- ¿Qué requisitos necesito para registrar una obra o incidencia en SIROC?
La Firma Electrónica (FIEL),
emitida por el SAT.
4.- ¿Quiénes deben registrar una obra de construcción ante el IMSS y por
qué?
Conforme al artículo 5o del
Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la
Construcción por Obra o Tiempo Determinado, se encuentran obligados a registrar
una obra de construcción: Los propietarios de las obras de construcción, que
directamente o a través de intermediarios contraten a los trabajadores que
intervengan en dichas obras; las personas contratadas por los propietarios,
para llevar a cabo obras de construcción a precio alzado o bajo el sistema de
precios unitarios, con trabajadores a su servicio, y las personas físicas o
morales subcontratadas para la ejecución de parte o partes de la obra.
5.- ¿Qué validez tienen los registros en SIROC?
Los acuses emitidos por el
SIROC contienen sello digital y cadena original de autenticidad y se remiten al
patrón vía correo electrónico; así mismo el patrón puede consultarlos en
cualquier momento.
6.- ¿En el SIROC debo informar de los detalles técnicos de mi obra de
construcción?
Con la entrada en vigor del
SIROC, se elimina la obligación de presentar presupuesto de la obra, análisis
de precios unitarios, explosión de insumos, estimaciones preliminares de los componentes
de la obra, el contrato y los planos arquitectónicos, así como las
autorizaciones, licencias o permisos relacionados con la obra.
7.- ¿Cuántas veces puedo modificar un registro de obra y en qué datos?
EL SIROC permite modificar el
registro hasta 3 veces, respecto del monto de la obra, la fecha de término de
la obra y la superficie de construcción.
8.- ¿Cuántas incidencias pueden presentar los patrones en SIROC?
Son 6 incidencias las que se
pueden presentar: Actualización, Suspensión, Reanudación, Reporte bimestral,
Cancelación y Terminación.
Fuente: Idconline.com.mx
Buenos días al en la terminación de la obra dice que el monto ejercido, ese monto en que consiste, solo mis gastos o el monto del presupuesto (contrato), gracias
ResponderEliminar