miércoles, 15 de febrero de 2017

CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD O ADULTOS MAYORES CON BENEFICIOS FISCALES EN 2017

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Si la empresa donde laboras contrata personal con alguna discapacidad o adultos mayores, existen beneficios fiscales que puedes aprovechar este año.

¿Qué es la SNE?
R: Es el Servicio Nacional de Empleo

¿De qué se encarga la SNE?
R: Es la institución pública a nivel nacional que atiende (que se ocupa o se encarga) de manera gratuita y personalizada, de los problemas de desempleo y subempleo en el país.
“La SNE ha colocado en los últimos cuatro años en una actividad productiva a 219 mil 825 personas, de las cuales 59 mil 519 tienen alguna discapacidad.”

¿Qué es un incentivo fiscal?
R: Es el estímulo en forma de bonificaciones en el pago de ciertas obligaciones tributarias que se concede a los sujetos pasivos de dichos tributos para promover la realización de determinadas actividades consideradas de interés por parte del sector público.

¿Qué incentivo fiscal obtienes al contratar adultos mayores y personas con alguna discapacidad?
R: La deducción de hasta el 100% del ISR (artículo 186 de la Ley del ISR) de los ingresos de estos trabajadores, o bien el 25% del total de sueldos pagados a estas personas conforme al artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación.
Cabe recordar que la Ley del ISR también mantiene para el 2017 un estímulo fiscal consistente en el equivalente al 25 % del salario efectivamente pagado a personas con 65 años o mas que sean contratados por empresas.

¿A qué empresas se aplica este beneficio?
R: Se aplica a empresas que empleen a hombres y mujeres que padezcan discapacidad motriz y que, para superarla, requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas, con discapacidad mental, auditiva y de lenguaje, en un 80 % o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes.


¿Qué Estimulo nos da la Ley del ISR con respecto a la adquisición de bienes y mejoras a las instalaciones?
La Ley del ISR también contempla la deducción de la totalidad de la inversión en adiciones o mejoras a sus instalaciones que tengan como finalidad facilitar el acceso y uso de estas personas, ya sea en rampas, elevadores o estacionamientos.

¿Qué requisitos se deben cubrir para poder hacer uso de estos incentivos?

En todos los casos, los beneficios fiscales procederán siempre que el patrón asegure a sus trabajadores, pague las contribuciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y obtenga el certificado de discapacidad del trabajador, además de cumplir con los requisitos contenidos en la propia Ley del ISR para su deducción, entre otros de emitir los CFDI de nómina correspondientes.

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