El ISR es el Impuesto Sobre la Renta, que se aplica a los ingresos y bienes
adquiridos para comprobar de dónde proviene el dinero. Lo que está exento de
este impuesto son las herencias y donaciones realizadas. A todas las personas
físicas (individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos)
y morales (agrupación de personas que se unen con un fin determinado) se les
aplica el ISR a los ingresos que obtienen.
No sólo en México se aplica el ISR,
también se implementa en otros países. Según la Ley del Impuesto sobre la Renta
en el Artículo 1 dice que “las personas físicas y las morales están obligadas
al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:
Las residentes en México, respecto de
todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de
donde procedan.
Los residentes en el extranjero que
tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos
atribuibles a dicho establecimiento permanente.
Los residentes en el extranjero,
respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en
territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país,
o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
A todos los ingresos obtenidos se le
restan gastos, inversiones, compra de materia prima, etc., todas estas son
deducciones aprobadas por la ley. A la cantidad restante es a la que se que le
calcula el ISR. Se deben realizar
mensualmente pagos provisionales, aunque
el ISR es anual. Es importante que se esté inscrito en el Registro Federal
de Contribuyentes porque aunque no se
haya realizado el registro, nadie queda libre de pagar impuestos.
Aún existen dudas de cuáles son los
ingresos por los cuales se debe de pagar el ISR. Los casos en los que se debe
de pagar el impuesto son:
·
Salarios percibidos
por servicio subordinado.
·
Actividades
profesionales
·
Arrendamiento o uso
de bienes inmuebles
·
Intereses obtenidos
·
Premios obtenidos
·
Dividendos y ganancias
repartidas por personas morales
·
Enajenación de bienes
El ISR es diferente, ya que la tasa
varía y no es estándar como el IVA. Para las personas físicas la tasa puede
variar desde 1.92% al 35%, mientras que para todas las personas morales es del
30%, tendrán que presentarse al día 17 del mes siguiente. Todo depende de los
ingresos y deducciones que se declaren. Es muy importante saber cuales son las
deducciones autorizadas que se pueden realizar, pues con esto no se tendría que
pagar un porcentaje muy alto de ISR.
La época de pago establecida para este
impuesto se presentará en una declaración del ejercicio con la determinación
del ISR anual, a más tardar en marzo del siguiente año para personas morales y
en abril del siguiente año para personas físicas.
Saber todo lo que implica pagar el ISR
puede ser complicado, por eso es importante estar bien informado y asesorado para saber cómo proceder ante
este impuesto. Para este año se han aprobado algunos cambios de qué manera
podrían afectar el cómo se paga este impuesto. No se debe dejar pasar, ya que
si se hace puede traer consigo muchos problemas y es mejor tener todo en regla
para evitar algún malentendido fiscal que se pueda complicar.
Referencias
http://findes.org/
www.sat.com
http://www.idconline.com.mx/
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