viernes, 27 de enero de 2017

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y A QUIENES APLICA


El ISR es el Impuesto Sobre la Renta, que se aplica a los ingresos y bienes adquiridos para comprobar de dónde proviene el dinero. Lo que está exento de este impuesto son las herencias y donaciones realizadas. A todas las personas físicas (individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos) y morales (agrupación de personas que se unen con un fin determinado) se les aplica el ISR a los ingresos que obtienen.

No sólo en México se aplica el ISR, también se implementa en otros países. Según la Ley del Impuesto sobre la Renta en el Artículo 1 dice que “las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.

Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.

Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.

A todos los ingresos obtenidos se le restan gastos, inversiones, compra de materia prima, etc., todas estas son deducciones aprobadas por la ley. A la cantidad restante es a la que se que le calcula el ISR. Se deben realizar mensualmente pagos provisionales, aunque el ISR es anual. Es importante que se esté inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes porque aunque  no se haya realizado el registro, nadie queda libre de pagar impuestos.

Aún existen dudas de cuáles son los ingresos por los cuales se debe de pagar el ISR. Los casos en los que se debe de pagar el impuesto son:

·         Salarios percibidos por servicio subordinado.
·         Actividades profesionales
·         Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
·         Intereses obtenidos
·         Premios obtenidos
·         Dividendos y ganancias repartidas por personas morales
·         Enajenación de bienes

El ISR es diferente, ya que la tasa varía y no es estándar como el IVA. Para las personas físicas la tasa puede variar desde 1.92% al 35%, mientras que para todas las personas morales es del 30%, tendrán que presentarse al día 17 del mes siguiente. Todo depende de los ingresos y deducciones que se declaren. Es muy importante saber cuales son las deducciones autorizadas que se pueden realizar, pues con esto no se tendría que pagar un porcentaje muy alto de ISR.

La época de pago establecida para este impuesto se presentará en una declaración del ejercicio con la determinación del ISR anual, a más tardar en marzo del siguiente año para personas morales y en abril del siguiente año para personas físicas.

Saber todo lo que implica pagar el ISR puede ser complicado, por eso es importante estar bien informado  y asesorado para saber cómo proceder ante este impuesto. Para este año se han aprobado algunos cambios de qué manera podrían afectar el cómo se paga este impuesto. No se debe dejar pasar, ya que si se hace puede traer consigo muchos problemas y es mejor tener todo en regla para evitar algún malentendido fiscal que se pueda complicar.

Referencias

http://www.soyconta.mx/
http://findes.org/
www.sat.com
http://www.idconline.com.mx/

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