Cuando por fin estábamos bien familiarizados con la palabra “FIEL” en cuanto a novedades electrónicas del SAT se trataba, ahora la autoridad nos sorprende que de “FIEL” pasa a llamarse e.firma, sin que esto modifique el proceso de obtención, renovación y revocación de la misma.
La e.firma (antes firma electrónica) es un archivo digital seguro y cifrado que tiene la validez de tu firma autógrafa. Sirve para identificarte ante el SAT en la realización de trámites por Internet e incluso se pretende que en un futuro sea aceptada en otras dependencias del gobierno federal.
Durante el proceso para la obtención de la e.firma (antes firma electrónica), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), recaba datos biométricos (de identidad), con la finalidad de garantizar el vínculo entre un certificado y su titular.
Todos los contribuyentes que deban presentar declaraciones periódicas o que deban expedir comprobantes, están obligados a solicitar la e.firma (antes firma electrónica) ante el Servicio de Administración Tributaria, así mismo se podrá renovar o revocar, siempre que cumplas con los pasos y requisitos requeridos para esos efectos.
Otra sorpresa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) es que el 19 de noviembre del año 2015 se da a conocer en el Diario Oficial de la Federación la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y con ella la creación de la e.firma portable, solo aclararles que en estos momentos solo aplica para contribuyentes personas físicas.
Valor probatorio de la e.firma portable
Regla 2.2.2 Para efectos del artículo 17-D, primer, segundo y tercer párrafos del CFF, las personas físicas que cuenten con “e.firma” vigente podrán registrase como usuarios de la e.firma portable, la cual sustituye a la firma autógrafa y produce los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo igual valor probatorio.
La e.firma portable funciona mediante una clave dinámica de un sólo uso con vigencia de 60 segundos y servirá como mecanismo de acceso ya que te permite autenticarse en las diferentes aplicaciones del portal de trámites y servicios del SAT que utilicen este mecanismo, así como para llevar a cabo trámites propios, sin que se requiera de algún dispositivo de almacenamiento para transportar información, sirve también para autorizar trámites con tu contraseña y clave dinámica desde cualquier parte del mundo, además brinda una mayor seguridad en la autorización de tramites a los contribuyentes.
Para obtener la e.firma portable puedes registrarte en el servicio en el portal de trámites y servicios del SAT. Ingresa al menú principal-Servicios-e.firma portable-Alta del servicio.
Necesitas lo siguiente:
e.firma (antes firma electrónica)
Contraseña
Que ya hayas registrado tu correo electrónico en el Buzón Tributario.
Dispositivo móvil con servicio de datos.
Descargar el app SAT Móvil (e.firma portable) desde Play Store o Apple Store.
El servicio utiliza dos factores de autenticación: la contraseña y las claves dinámicas generadas mediante un app multiplataforma (Android e IOS) capaz de ser utilizada en cualquier tipo de dispositivo móvil, o en los servicios actuales del Portal del SAT.
El procedimiento para operar el app SAT Móvil e.firma portable es el siguiente:
Ingresa desde tu dispositivo móvil a la tienda de Play Store o Apple Store para descargar el app SAT Móvil (e.firma portable).
Pulsa en el icono de la aplicación y elige la opción e.firma portable; la primera vez que la utilices debes agregar tu RFC e iniciar sesión con contraseña.
Durante la fase de alta del servicio da clic en la opción leer código QR para sincronizar tu dispositivo con el servicio.
Después, cuando la uses, da clic en la leyenda: “Pulse aquí para visualizar su clave dinámica” para generar una clave dinámica.
Después, para generar un nuevo código pulsa el icono de los tres puntos y, posteriormente, la opción eliminar. Luego, da clic en leer código QR para sincronizar tu dispositivo con el servicio.
Los trámites es los que se puede utilizar la e.firma portable son los siguientes:
- -Mi información del contribuyente (Autenticación)
- -Opinión del Cumplimiento personal (Autenticación)
- -Reimpresión de acuse de solicitud de devolución (Autenticación)
- -Solicitud de devolución (Autenticación y Autorización)
- -Buzón Tributario (Autenticación)
- -Recurso de revocación en línea (Autenticación)
- -Asalariados (Autenticación)
- -Acuses del RFC (Autenticación)
- -Apertura de establecimiento (Autenticación)
- -Aumento y disminución de obligaciones (Autenticación)
- -Cambio de domicilio (Autenticación)
- -Reanudación de actividades (Autenticación)
- -Búsqueda avanzada de trámites (Autenticación)
- -Cédula de Identificación Fiscal (Autenticación)
- -Cierre de establecimiento (Autenticación)
- -Suspensión de actividades (Autenticación).
Para la baja del servicio e.firma portable deberá realizarse mediante la contraseña del titular de conformidad con lo previsto en la ficha de tramite 191/CFF “aviso de baja como usuarios de e.firma portable” contenida en el anexo 1-A de la RMF 2015.
Cuando el contribuyente solicite la revocación de su certificado de FIEL por cualquier circunstancia que ponga en riesgo la privacidad de sus datos de creación conforme lo previsto en el artículo 17-J, fracción III del CFF, la autoridad también dará de baja el servicio de la e.firma portable.
Fuente :
Diario Oficial de la Federación del 19 de noviembre del 2015, Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.
Idc ONLINE del 25 de enero del 2016.
Código Fiscal de la Federación
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