En este articulo se mencionaran la nuevas disposiciones en materia de Normas de Información Financiera, incluidas en las NIF 2020. El Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera A.C. (CINIF), para la 15ª edición, en las Normas de Información Financiera, ha emitido cuatro nuevas disposiciones normativas y las mejoras a las anteriores:
Referente a las dos nuevas NIF corresponden a la Serie “C”, Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros, cuya vigencia iniciará a partir del 2021.
Con respecto a la NIF C-17, Propiedades de Inversión, se señala que su objetivo es establecer las normas de valuación, presentación y revelación de las propiedades de inversión en los estados financieros de las entidades, sumamente importante no confundir con lo que se establece la NIF C-6 de “Propiedades, Planta y Equipo”.
Este tipo de propiedades, cuyo objetivo principal es ganar por la apreciación de su valor a mediano plazo mediante su venta, es decir a manera de inversión, más bien de tipo financiero, ya que no son para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien, para fines administrativos.
Con la emisión de esta norma, se elimina la supletoriedad de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 40 del IASB, establecida en la Circular 55.
La NIF C-22, Criptomonedas, que tiene por objetivo establecer las normas de valuación, presentación y revelación de las inversiones en:
- criptomonedas (para la compraventa de bienes y/o servicios);
- los gastos de minería erogados para obtener éstas criptomonedas;
- y además las que no son propiedad de la entidad, pero que se mantienen bajo su custodia.
- así como de las cuentas por cobrar y cuentas por pagar denominadas en criptomonedas;
A nivel de las Normas Internacionales de Información Financiera, no existe aún algo publicado como tal sobre el tema, por lo que podemos precisar que para la profesión contable el CINIF es de los pioneros en abordar este tema ya dentro de una Normativa.
La INIF 22, Reconocimiento del efecto esperado en las relaciones de cobertura por los cambios previstos en las tasas de interés de referencia, trata el tema de los efectos contables en las relaciones de cobertura en un periodo anterior a aquel en que las tasas IBOR (Interbank Offered Rate) sean reemplazadas por otra tasa de interés de referencia. El CINIF considera que mientras no se establezcan las nuevas tasas de interés de referencia, debe asumirse que la tasa de interés de referencia actual de la partida cubierta o del instrumento de cobertura seguirá existiendo hasta el término de la relación de cobertura y se seguirán cumpliendo los requisitos de su efectividad.
La ONIF 4, Asuntos a considerar para la aplicación de la NIF D-5, Arrendamientos, proporciona una guía sobre la determinación:
- De los impuestos diferidos resultantes de la implementación de la NIF D-5;
- De la determinación de la tasa de descuento para reconocer los pasivos por arrendamiento,
- Y la revelación en los estados financieros de 2018 en la aplicación de la NIF D-5 a partir del 1 de enero de 2019.
Dentro de las mejoras 2020, se puede señalar como relevantes, (esto no omite revisar la totalidad de las mismas) por su importancia:
- NIF D-5, Arrendamientos,
- NIF D-3, Beneficios a los empleados
- NIF D-4, Impuestos a la utilidad.
- NIF C19, Instrumentos Financieros por pagar
- NIF C-20, Instrumentos financieros para cobrar principal e interés
FUENTE:
www.contadormx.com
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