Es
importante recordar que en el anexo 24 de la RMF publicado en mayo, se
efectuaron adecuaciones relacionadas al Catálogo de Cuentas y su código
agrupador para agregar cuatro nuevos rubros de códigos agrupadores para
incorporar los ingresos o ventas y servicios gravados en zona fronteriza norte,
así como las devoluciones correspondientes a ese tipo de ingresos.
La
situación anterior generó una implicación en el orden en el que los
contribuyentes tenían establecido su catalogo de cuentas ya que en lugar de
agregar estos nuevos códigos de cuentas al final del rubro de Ventas y de
devoluciones, descuentos o bonificaciones sobre ventas, se insertaron dentro
del catálogo de cuentas existente, por lo que en los primeros días de julio la
autoridad fiscal comunicó una prórroga para el envío de la información de mayo
2019, para que se presentara conjuntamente con la de junio, sin que se
considere infracción.
No
obstante lo anterior, el 24 de julio de 2019 se publicó una versión anticipada
de la primera resolución de modificaciones a la RMF para 2019 y también del
Anexo 24, en donde, los códigos agrupadores quedan como originalmente estaban,
y los códigos agrupadores de las cuentas de ingreso, ventas y servicios gravados
en zona fronteriza norte así como de las devoluciones correspondientes a este
tipo de ingresos se incorporan al final de su bloque correspondiente (bloque
401 y 402).
Derivado
de lo anterior, surge el cuestionamiento si con las dos últimas adecuaciones al
catálogo de cuentas se tendría que presentar en los primeros días de agosto la información
de mayo y junio con la primera adecuación al catálogo de cuentas dado a conocer
en el Anexo 24 en mayo pasado y la información correspondiente a julio ya con la
segunda adecuación dada a conocer en el Anexo 24 difundido el 24 de julio.
Lo
anterior, parecería representar una carga administrativa adicional que va en
contra del objetivo de facilitar el envío de información con la última
modificación por lo que una segunda interpretación pudiera ser que tanto la información
de mayo, junio y julio se presenten con la última adecuación del catálogo de
cuentas; sin embargo, no hay que perder de vista que pudieran haber
contribuyentes que ya estaban finalizando con la adecuación a sus sistemas
contables por lo que ellos se verían afectados al tener que efectuar un doble
esfuerzo.
Por
lo anterior, es recomendable verificar esta situación con su asesor fiscal para
confirmar las acciones a seguir para el envío de la información de estos meses.
FUENTE:
www.soyconta.com
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