Es tiempo de presentar ante el IMSS la determinación de la prima del
seguro de riesgo de trabajo, durante el mes de febrero de 2022; para su
aplicación en el cálculo de cuotas obrero-patronales a partir de marzo
de 2022 y hasta febrero de 2023.
La prima de riesgo de trabajo del IMSS se calcula anualmente y esta puede aumentar, disminuir o permanecer igual.
Obligados a presentar determinación
Los
empleadores deben presentar anualmente la declaración con la que se
determina la prima con la que habrán de cubrir las cuotas en el Seguro
de Riesgos de Trabajo (SRT), tomando como base para el cálculo los
riesgos de trabajo ocurridos a nuestros trabajadores, y terminados
durante el ejercicio de revisión.
- Aquellos patrones cuya
prima determinada resulte diferente a aquella con la que venían
cubriendo sus cuotas en el periodo inmediato anterior.
- Las empresas de menos de 10 trabajadores, que opten por presentar la declaración anual correspondiente.
No obligados a presentar determinación
- Empresas
de reciente registro en el Instituto, o que cambiaron de actividad y
que no hayan completado un periodo anual del 1 de enero al 31 de
diciembre.
- Patrones que, al determinar su prima, ésta resulte igual a la del ejercicio anterior.
- Empresas de menos de 10 trabajadores, que opten por cubrir la prima media que les corresponda conforme al reglamento, de acuerdo al artículo 73 de la LSS.
Identificación de los Riesgos de trabajo
De acuerdo al artículo 34 del RACERF los patrones están obligados, a llevar un registro pormenorizado de los riesgos de trabajo que sufran sus trabajadores, considerando que:
- El registro debe ser desde el inicio de cada uno de los casos hasta su terminación.
- Establecer controles de documentación e información, así como los que elabore el Instituto.
- Si el trabajador o sus familiares omiten la entrega, nosotros como patrones estamos obligados a solicitarla al Instituto.
Para la Determinación de Prima SRT 2022, se debe integrar la
siniestralidad de la empresa, con base en los casos de riesgos de
trabajo terminados durante el periodo de revisión comprendido del 1o. de
enero al 31 de diciembre de 2021.
Los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse
de su domicilio al centro de labores o viceversa, no formarán parte de
la siniestralidad de la empresa.
Determinación patronal
Para
la determinación se debe considerar la siniestralidad de la empresa,
multiplicarla por el factor de prima de 2.3, y sumar la prima mínima de
riesgo 0.005.
El valor obtenido debe expresarse en por ciento (%)
para su comparación contra la prima con la cual la empresa cubre sus
cuotas al momento de la revisión:
La fórmula para calcular la nueva prima es:
Prima = [ (S/365) + V* (I +D) * ( F / N) + M
S = Este
concepto comprende los días de incapacidad por riesgo de trabajo, es
decir, los días en que tus trabajadores no pudieron realizar sus labores
por un accidente o enfermedad de trabajo. La cifra se obtiene sumando
los números de días marcados en los certificados de incapacidad
expedidos a los trabajadores por riesgo de trabajo.
V = 28
años. Según las estadísticas del IMSS, es la duración promedio de vida
activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o
de incapacidad permanente total.
I = Se obtiene de la suma de los porcentajes de incapacidades permanentes, parciales y totales divididas entre 100.
D = Número de defunciones. Se obtiene de sumar el número de fallecimientos ocurridos o como consecuencia del trabajo.
N = Número
de trabajadores promedio expuestos al riesgo de trabajo. Es decir, los
días que tus trabajadores laboraron durante el año a excepción de los
días que no estuvieron expuestos al riesgo de trabajo como incapacidades
y ausentismo. Esta cifra se divide entre los 365 días del año para
obtener el promedio por día de trabajadores expuestos al Riesgo de
Trabajo.
F = 2.3,
que es el factor de prima promedio. Este factor de prima es una
constante que no está definida por la ley, sin embargo, se puede decir
que es “una prima promedio para poder cubrir los subsidios y pensiones
por riesgos de trabajo de todas las empresas del país”.
M = 0.005, que es la prima mínima de riesgo establecida en el Artículo 72 de la Ley del
Si el valor resultante es el mismo, continuará utilizando la misma prima.
Si es diferente, procederá la nueva prima modificándola en una proporción no mayor al uno por ciento, con respecto a la prima anterior.
Las
modificaciones de prima asimismo no podrán exceder los límites mínimo y
máximo, que serán de 0.50000 y 15.00000 % de los salarios base de
cotización.
Para las empresas que no hayan completado un periodo anual
del 1 de Ene al 31 de Dic, la Prima de Riesgo será la PRIMA MEDIA que
les corresponda conforme la tabla contenida en el Art. 73 LSS.
Por Internet
- Firma digital e. Firma o NPIE.
- Genera el archivo de la determinación en SUA.
- Envía el archivo a través de IDSE.
- Genera tu confirmación de la transmisión del archivo.
En ventanilla:
- Genera archivo .SRT con el programa disponible en la página del IMSS.
- Entrega archivo en USB o CD.
- Formato CLEM-22.
- Formato CLEM-22A, sólo si tuvo riesgos de trabajo terminados.
- Acreditación de la STPS, sólo si tu empresa cuenta con ella.
- Credencial patronal.
Determinación en el SUA
Se deben registrar:
1. Las incapacidades temporales
2. Porcentajes de Valuación y Revaluación y
3. Defunciones
Cálculo de Días y Trabajadores Promedio:
›
Obtener el número de trabajadores promedio expuestos al riesgo que
servirán para determinar la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo
›
El sistema automáticamente deducirá los días de ausentismo y de
incapacidad de los trabajadores registrados en el Sistema, sin importar
la rama de seguro de la incapacidad.
Vigencia de la prima SRT
La
prima obtenida, tendrá vigencia del 1° de marzo del año siguiente a
aquél en que concluyó el período de cómputo, hasta el último día de
febrero del año subsecuente.
Facultades del Instituto
El
IMSS podrá rectificar o determinar la prima SRT de un patrón mediante
resolución, que se notificará a éste o a su representante legal, cuando:
- La prima manifestada por el patrón no está determinada conforme a lo dispuesto en el RACERF.
- El patrón en su declaración no manifieste su prima.
- El patrón no presente declaración alguna.
- Exista escrito patronal manifestando desacuerdo con su prima y éste sea procedente.
Asimismo,
de acuerdo al art. 304-A, f XV, como producto de las resoluciones de
determinación y rectificación de la prima del seguro de riesgos de
trabajo, el Instituto emitirá las multas por los supuestos siguientes:
- No presentar la revisión anual obligatoria de su siniestralidad y determinación de la prima del SRT.
- Presentarla extemporáneamente o, con datos falsos o incompletos.
Fuente:
https://contadormx.com
https://blog.nomilinea.mx