miércoles, 25 de julio de 2018

"DICTAMEN DEL IMSS"

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¿Qué es el dictamen del IMSS?
Es el documento elaborado por Contador Público Autorizado que consigna la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones de la Empresa /Patrón ante el IMSS.

¿Quiénes son las Empresas/Patrones obligadas a dictaminarse?
Los patrones que cuenten con un promedio anual de 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS, por un Contador Público autorizado. Los patrones que no se ubiquen en esta situación podrán optar por dictaminarse voluntariamente (Artículo 16 de la Ley del Seguro Social).

¿Cuáles son los beneficios de la Empresa/Patrón que se dictamina?
  • No serán sujetos de visitas domiciliarias por parte del IMSS, por el o los ejercicios dictaminados, excepto cuando al revisar el dictamen se encuentren irregularidades en su formulación.
  • En los casos en que se hubieran emitido cédulas de liquidación por diferencias en el pago de cuotas y el dictamen se encuentre en proceso de formulación, el patrón deberá aclararlas debiendo, en su caso, liquidar el saldo a su cargo, tomándolas en cuenta el contador público que dictamine, como parte de la revisión.
  • No se emitirán a su cargo cédulas de liquidación por diferencias, referidas al ejercicio dictaminado (Artículo 173 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y fiscalización).


¿Cuál es la fecha límite para presentar el Aviso de Dictamen?
A más tardar el 30 de abril del año siguiente al ejercicio dictaminado.

¿Cuáles son los Tipos de opinión emitidos por el Contador Público Autorizado?
  • Limpia. El Contador Público no determina omisiones.
  • Sin Salvedades. El Contador Público determina omisiones y se pagan en una sola exhibición o en parcialidades antes de la presentación del dictamen.
  • Con Salvedades. El Contador Público determina conceptos o sujetos de aseguramiento que el patrón no acepte integrar al salario base de cotización o afiliar al Régimen Obligatorio.
  • Con Abstención de Opinión. No se cuenta con documentación o elementos suficientes para llevar a cabo la revisión que impida incluso la emisión de una opinión.
  • Opinión Negativa. El Contador Público, como consecuencia de su revisión, encuentra que los registros contables no reflejan la integración real del salario base de cotización según los requerimientos de la Ley del Seguro Social y su Reglamento.


¿Dónde se presenta el Dictamen?
En la Subdelegación del IMSS que le corresponda de acuerdo al domicilio fiscal de la Empresa/Patrón.

¿En qué estados estoy obligado a dictaminarme para efectos de Contribuciones Locales?
Por lo general en las entidades que hay obligación de dictaminarse, es un promedio de 150 trabajadores, pero eso depende de la legislación de cada Estado.


Fuente: www.imss.gob.mx


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