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viernes, 28 de octubre de 2022

¿Qué son los estímulos fiscales ?


Son aquellos que se autorizan a través de un grupo colegiado de Dependencias y/o Instituciones, mediante los cuales se permite a los particulares (personas físicas y morales) aportar recursos a un proyecto de inversión y disminuir el monto de su aportación del pago de su impuesto sobre la renta.

En México, mediante la Ley de Ingresos de la Federación se publican anualmente estímulos fiscales aplicables a las diferentes actividades de los contribuyentes. Unos estímulos están creados para apoyar las actividades prioritarias de nuestro país como es el transporte, la agricultura, la ganadería, la pesca, minería; otros, están creados para fomentar la inversión y el ahorro como son los dirigidos a empresas mineras, las dedicadas a desarrollos inmobiliarios y a las personas físicas que hacen depósitos en sus cuentas personales de ahorro. También existen otros que promueven actividades como la cinematografía, o bien, para aquellas empresas que contraten personas discapacitadas.

La mayoría de los estímulos fiscales se determinan con base en gastos realizados que son deducibles para el impuesto sobre la renta, por ejemplo, el estímulo carretero aplicable a las empresas de transporte de carga , el cual, consiste en determinar un estímulo fiscal con base en el 50% del costo pagado en las carreteras de peaje de la red nacional de autopistas, o como también, el estímulo fiscal aplicable a empresas que hayan adquirido diésel para su consumo final en el transporte público o privado 

Algunos estímulos se determinan para pagar contribuciones, es decir, se utiliza un mecanismo de acreditamiento de impuesto, el cual consiste en disminuir del impuesto a cargo (generalmente es impuesto sobre la renta), el estímulo fiscal determinado, por ejemplo el estímulo carretero y el estímulo calculado en base a consumo de diésel.

Existen otros estímulos que se usan para anticipar la deducción de costos y disminuir la base gravable en el impuesto sobre la renta, o bien, para no hacer pagos a cuenta del impuesto anual, como es el aplicable a desarrollos inmobiliarios.

Otros estímulos se determinan con base en otras contribuciones, como es el estímulo a la minera que se calcula en base a los derechos pagados por concesiones mineras, o bien, el estímulo para empresas que contraten personas discapacitadas que consisten en considerar como deducción para el impuesto sobre la renta, el 100% del impuesto sobre la renta por salarios que estas personas hayan causado.

La mayoría de los estímulos fiscales no causan otras contribuciones, sin embargo, existen algunos que expresamente si, como es el estímulo carretero en donde es 100% acumulable para impuesto sobre la renta.

viernes, 14 de octubre de 2022

"QUÉ SON LOS PAGOS POR CUENTAS DE TERCEROS Y CÓMO MANEJARLOS"



Cumplir con las obligaciones fiscales puede convertirse en una tarea desgastante si no se cuenta con la asesoría y consultoría especializadas, ya que hay aspectos que definitivamente suelen ocasionar dudas o confusiones.

Uno de estos son los pagos por cuentas de terceros, una actividad cada vez más común en el mundo empresarial, ya que se delega a otra persona para que haga compras. Sin embargo, ante ciertos abusos el SAT ha establecido diferentes candados, por ejemplo, si el tercero recibe dinero previamente, requiere tener una cuenta contable dedicada específicamente a esto.

Con base en lo que indica el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se trata de operaciones que realiza un contribuyente y un tercero que pueden estar o no relacionados, pero en casos específicos en que el titular no puede hacer los pagos y el contribuyente le pide a un tercero que haga un pago a su nombre.

Aspectos que marca la ley para el pago por cuentas de terceros

Los pagos por cuenta de terceros son deducibles si se cumplen con los criterios que marca la ley fiscal:

  • El tercero podrá solicitar el CFDI con el RFC del contribuyente si él reside en el extranjero.
  • El contribuyente podrá acreditar el IVA.
  • El tercero que realiza el pago no podrá acreditar cantidad alguna del IVA que los proveedores de bienes y prestadores de servicios trasladen.
  • El reintegro a las erogaciones realizadas deberá hacerse con cheque nominativo a favor del tercero que realizó el pago o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito o casas de bolsa sin cambiar los importes consignados en el CFDI expedido por los proveedores de bienes y prestadores de servicios.

En cambio, si el contribuyente dio dinero previamente al tercero para el pago:

  • El contribuyente deberá entregar el dinero mediante cheque nominativo; a favor del tercero o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito o casas de bolsa.
  • El tercero deberá identificar en una cuenta contable específica y dedicada para tal fin, los importes de dinero que les sean proporcionados para realizar erogaciones en nombre del contribuyente.
  • El tercero deberá solicitar el CFDI con la clave en el RFC del contribuyente; si es residente en el extranjero para efectos fiscales, en el CFDI se consignará la clave en el RFC genérica XEXX010101000.

Algunas consideraciones

Toma en cuenta que en caso de haber remanentes de dinero una vez descontadas las erogaciones, el tercero lo tendrá que reintegrar al contribuyente de la misma forma en cómo le fue proporcionado el dinero.

Si el tercero recibe un pago por prestar el servicio de hacer pagos a cuenta de terceros, debe emitir un CFDI de ingresos. A este CFDI debe incorporar el complemento “Identificación del recurso y minuta de gasto por cuenta de terceros”. El complemento debe desglosar el dinero recibido, lo erogado a nombre del contribuyente, los contribuyentes que las sustenten y el sobrante devuelto.